Case of Tribunal Superior de Justicia - País Vasco - Sala de lo Social, of March 18, 2003

Tribunales Superiores de Justicia

Appeal nº 307/2003, Reporting Judge FERNANDO TORREMOCHA Y GARCIA SAENZ

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Summary:

VÍNCULO CON JUNTA GENERAL. NATURALEZA LABORAL. El demandante se hallaba sujeto al ámbito de dirección y organización empresarialial, pues su actividad se desarrollaba en las dependencias de las Juntas Generales, con horario y jornada impuesta por aquéllas, ausentándose durante un mes al año coincidiendo con el periodo vacacional, realizando tareas que le eran asignadas bajo la dirección y control de un documentalista, funcionario de la demandada que actuaba como superior jerárquico. En primera instancia se estima parcialmente la demanda.

Citations:

Headnotes:

Contrato de trabajo
Relación laboral
Contrato de trabajo
     Contenido
          Periodo de prueba
Conflictos de jurisdicción y de competencia
     Conflictos de competencia
          Cuestiones de competencia
Conflictos colectivos

Extract:

Case of Tribunal Superior de Justicia - País Vasco - Sala de lo Social, of March 18, 2003

D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLARD. FLORENTINO EGUARAS MENDIRID. FERNANDO TORREMOCHA GARCÍA SÁENZ

RECURSO Nº:307/03

N.I.G. 00.01.4-03/000131

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a dieciocho de marzo de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. MANUEL DIAZ DE RABAGO VILLAR, Presidente, D. FLORENTINOEGUARAS MENDIRI y D. FERNANDO TORREMOCHA GARCÍA SÁENZ, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO y JUNTAS GENERALES DE ALAVA contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 (Vitoria) de fecha dos de Septiembre de dos mil dos, dictada en proceso sobre CANTIDAD, y entablado por Ángel Jesús y Estíbaliz frente a UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO y JUNTAS GENERALES DE ALAVA.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D./ña. FERNANDO TORREMOCHA GARCÍA SÁENZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

1.- Se consideran hechos probados que DÑA. Estíbaliz y D. Ángel Jesús fueron nombrados becarios por el Vicerrector del Campus de Álava de la Universidad del País Vasco, en lamodalidad de becas de colaboración en contratos o proyectos de investigación, con una duración inicial de 12 meses que fue renovada el 1-11- 2001 por otro periodo de 12 meses, y con las características que se enumeran en el hecho primero de la demanda, que se dan aquí por reproducidas.

2.- Los demandantes son licenciados en Historia, Dña. Estíbaliz , alumna de tercer ciclo de Doctorado, e Ángel Jesús tiene su tesis doctoral inscrita en el Departamiento deHistoria Contemporánea de la U.P.V.

Ambos renunciaron a las becas concedidas, en concreto Dña. Estíbaliz el día 31/01/2002 y D. Ángel Jesús el 31/12/2001, la primera por motivos personales y el segundo por haber obtenido y aceptado becapredoctoral del Gobierno de Navarra, incompatible con la concedida por la U.P.V.

3.-Los actores accedieron a la Beca a través de la superación de un concurso de méritos convocado por la Universidad del País Vasco mediante una CONVOCATORIA DE BECAS PARA PARTICIPAR EN EL PROYECTO DE INVESTIGACION "TRATAMIENTO HISTORICO- DOCUMENTAL DE LAS ACTAS DE JUNTAS GENERALES" (1800-1877) dirigido por Don Jesús Luis , profesor titular del Departam...

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