BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, March 17, 2005 (Nbr. 64)
B - Autoridades y Personal
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ORDEN de 9 de marzo de 2005, de la Consejería de Hacienda, reguladora de pagos a justificar y de anticipo de caja fija.
ORDEN de 9 de marzo de 2005, de la Consejería de Hacienda, reguladora de pagos a justificar y de anticipo de caja fija.
La figura de los pagos "a justificar" y anticipos de caja fija viene regulada, en sus aspectos básicos, por la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en concreto, en su artículo 74. Es en este mismo artículo donde la configuración de anticipos de caja fija ha sufrido una importante modificación conceptual, al desligarse del concepto de pagos "a justificar" y canalizarse por vía de operación extrapresupuestaria. En la actualidad, en la Comunidad de Madrid la regulación de los pagos "a justificar" y anticipos de caja fija está contenida en la Orden 1321/1989, de 2 de junio, que ha sido profundamente modificada por la Orden 1022/1990, de 14 de mayo. Esta Orden, así como su modificación, se dictaron en momentos anteriores a la normativa reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, Ley 9/1990, mencionada, encontrando su apoyo normativo en el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, existiendo, por tanto, un desajuste normativo que es conveniente enmendar y adecuar al momento actual, así como a las nuevas necesidades, procedimientos y organización, que ha sufrido la Comunidad de Madrid en su estructura y competencias desde la fecha de estas disposiciones. Asimismo, al objeto de alcanzar una gestión más eficiente de los fondos públicos, evitando su ociosidad, se reguló mediante la Orden 636/1993, de 2 de abril, de la Consejería de Hacienda, el funcionamiento de los anticipos de caja fija mediante cuentas enlazadas con una cuenta principal por medio de asientos automáticos, modificando el sistema de reposición. Por ello, razones sistemáticas, de claridad y seguridad jurídica, justifican la nueva regulación de los pagos "a justificar" y anticipos de caja fija en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Por otraparte, su consideración de procedimientos singulares de gestión del gasto público, en los que concurren órganos de gasto y pago, además de modalidades especiales de fiscalización, justifican el establecimiento de mecanismos de coordinación y de interrelación en su gestión. A su vez, se establece una regulación de los anticipos de caja fija que,...
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