Case Law No.47/2004
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Id. vLex: VLEX-17620926
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INTERNO. TRASLADO. COMPETENCIA. Ni la vinculación familiar puede alterar las reglas de distribución de competencia entre los órganos judiciales de vigilancia penitenciaria y la Administración de este ramo. Ni del artículo 12.1 de la Ley General Penitenciaria puede deducirse un derecho subjetivo del interno a ser destinado al establecimiento más próximo a su domicilio familiar. En primera instancia no se estima la petición. Se desestima el recurso de apelación.

Constitución Española de 1978.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial.
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. de 26 de septiembre, General Penitenciaria.
Auto of Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 4ª nº 47/2004, of January 26, 2004
Rollo: 213/04Juzgado de Vigilancia PenitenciariaExpediente Penitenciario: 2637/03A U T O Nº 47/04Ilmos. Sres.:D. José Manuel de Paúl VelascoDª. Margarita Barros Sansinforiano, ponenteD. Francisco Gutiérrez López En Sevilla, a 26 de enero de 2004ANTECEDENTESPRIMERO.- Con fecha 4-6-03 el interno en el Centro Penitenciario de Sevilla, Diego , formuló queja ante el Juzgado de Vigilancia Penite...
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