Appeal nº 1458/2002, Reporting Judge D. JOAQUIN GIMENEZ GARCIA
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Id. vLex: VLEX-17727572
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DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. En el delito provocado, no se da en el acusado una decisión libre y soberana de delinquir. En el delito comprobado esa decisión es libre y nace espontáneamente. No existe delito provocado. Se comprobó la existencia de prueba de cargo suficiente, y su ponderación se ha realizado en forma razonada, de acuerdo con la lógica y la experiencia. En primera instancia se condena por delito contra la salud pública. No se admite casación.
Drogas tóxicas y estupefacientes
Condena
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of May 16, 2003
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Mayo de dos mil tres.I. HECHOS PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Almería (Sección 1ª), en autos nº 30/2000, se interpuso Recurso de Casación por Andrésy Carolinamediante la presentación del correspondiente escrito por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Mairata Laviña. SEGUNDO.- En el trámite corres...
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