Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 521/1992, of June 01, 1992

Tribunal Supremo

Appeal nº 3454/1990, Reporting Judge D. FRANCISCO MORALES MORALES
Case Law No.521/1992
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Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 521/1992, of June 01, 1992

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a uno de Junio de mil novecientos noventa y dos.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el cuadruple recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Once de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de mayor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Madrid, sobre declaración de mejor derecho; cuyo recurso ha sido interpuesto por COMITE FLOTA DELEGADOS DE PERSONAL DE NAVIERA LETASA, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Esther Rodríguez Pérez y defendida por el Letrado D. Félix Cañada Vicinay; DIPUTACION FORAL DE VIZCAYA, representada por el Procurador de los Tribunales D. Santos de Gandarillas Carmona y defendida por el Letrado D. José María Cortina Ruíz; COMISION DE ACREEDORES, representada por el Procurador de los Tribunales D.José Luis Ortíz Cañavate y Puig Mauri y asistida por el Letrado D. Juan Pelaéz Fabra y NAVIERA LETASA, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Argimiro Vázquez Guillén y asistida por el Letrado D. Angel Escolano Díez. Siendo parte recurrida BANCO POPULAR ESPAÑOL S. A. representado por el Procurador de los Tribunales D. Eduardo Codes Feijoo y asistida por el Letrado D. José Carlos Gómez de la Barcena. Siendo también parte ASTILLEROS ESPAÑOLES, S.A. y ACREEDORES DE NAVIERA DE LETASA, S.A. no comparecidos en estas actuaciones.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-El Procurador de los Tribunales D. Rafael Rodríguez Montagut en nombre y representación del BANCO POPULAR ESPAÑOL, S.A. formuló ante el Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Madrid, demanda de juicio declarativo ordinario de mayor cuantía contra NAVIERA LETASA, S.A.; LA COMISION DE ACREEDORES nombrada en el CONVENIO APROBADO EN LA QUIEBRA DE NAVIERA LETASA, S.A.; EL COMITE DE EMPRESA DE NAVIERA LETASA, S.A.; y todos los acreedores de NAVIERA LETASA, S. A. que se consideren con derecho a percibir el sobrante producido en la subasta pública del buque "CARMEN MARIA", alegó los hechos y fundamentos de derecho que obran en autos y terminó suplicando al Juzgado en su día se dicte sentencia por la que se declare el mejor derecho del Banco Popular Español, S.A. al cobro del sobrante producido en la subasta del buque "Carmen María", hasta el límite de la responsabilidad hipotecaria constituída a su favor, deducida la suma de sesenta millones de pesetas de la que se reintegró a través de la subasta del buque "Mónica

María", condenando a los demandados a estar y pasar por dicha declaración, y ordenándo la entrega del indicado sobrante del Banco Popular Español, S.A.; todo ello con expresa imposición de costas a los demandados que se opongan a la pretensión duducida en esta demanda. Por otrosi dijo que estando consignado el importe del sobrante obtenido de la subasta del buque "Carmen María" en la Caja General de Depósitos, y habiéndose presentado demanda en solicitud de que se declare a quién corresponde percibir dicha suma, suplica que acuerde ratificar el mantenimiento de dicho depósito hasta que quede definitivamente resuelta la pretensión deducida, sin permitir la disposición de los referidos fondos.

SEGUNDO.- Admitida la demanda y emplazados los demandados, se personó en autos el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén en nombre y repr...

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