Appeal nº 362/2003, Reporting Judge D. JOSE MANUEL MARTINEZ-PEREDA RODRIGUEZ
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Id. vLex: VLEX-17748919
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"RECURSO DE QUEJA. INTERÉS CASACIONAL. FALTA DE FUNDAMENTACIÓN. Se recurre el auto que declara no haber lugar a tener por preparado recurso de casación. La parte recurrente se limitó a citar unas Sentencias sobre la interpretación restrictiva del concepto de ""necesidad"", pero sin razonar sobre la correcta infracción de esta doctrina, sin que pueda bastar que el tribunal ""a quo"" sepa ""perfectamente cómo ha interpretado el concepto de necesidad"", según se alega por la recurrente en queja, siendo preciso explicar cómo, cuándo y en sentido se ha producido la oposición a la doctrina de esta Sala, que, según se ha considerado, es lo que determina la existencia del ""interés casacional"", que constituye presupuesto del recurso y debe estar justificado en la fase preparatoria, de un modo preciso y efectivo, no formalista y artificioso. Se desestima el recurso."

Recurso de queja
Recurso de queja por denegación de testimonio
Recurrido
Auto of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of April 29, 2003
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintinueve de Abril de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO 1.- En el rollo de apelación 412/2001 la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 14)ª dictó Auto, de fecha 2 de octubre de 2002, declarando no haber lugar a tener por preparado recurso de casación por la representación de Dª Trinidadcontra la Sentencia de fecha 9 de mayo de 2002 dictada por dicho Tribunal. 2.- Contra dicho Auto se interpuso recurso de reposición que fue denegado por Auto de fecha 10 de febrero de 2002, habiéndose entregado el testimonio de ambas resoluciones a los efectos del art. 495 de la Ley de Enjuiciamiento 1/2000, de 7 de enero. 3.- Por la Procuradora Dª María Dolores Martín Cantón, en nombre y representación de la indicada parte litigante, se ha interpuesto recurso de queja por entender que cabe y debía de haberse tenido por preparado. HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.José Manuel Martínez-Pereda RodríguezII. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.- Mediante Auto de 2 de octubre de 2002, la Audiencia Pr...
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