Appeal nº 2062/2000, Reporting Judge D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
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Id. vLex: VLEX-17750232
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OPCIÓN DE COMPRA. La opción de compra se ejercitó correctamente ya que las partes no tenían conocimiento de que la afección registral suponía un gravamen sobre la finca, existiendo por ello un vicio o defecto oculto en la cosa vendida, todo ello en contra de lo concluido por la sentencia recurrida en el Fundamento de Derecho Primero tras la interpretación del contrato y conforme al cual la opción de compra no se ejercitó correctamente, sin que pueda hablarse de vicios ocultos al estar expresamente pactada en el contrato la afección registral. Se desestima la casación.

Formalidades
Recurrido
Compraventa
Forma del contrato
Auto of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of June 03, 2003
AUTO
En la Villa de Madrid, a tres de Junio de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO1.- La Procuradora Dª Silvia Virto Bermejo, en nombre y representación de la entidad mercantil "UNIÓN DE DISTRIBUIDORES DE SERVICIOS DE HOSTELERÍA, S.L.", presentó ante esta Sala escrito de interposici...
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