Appeal nº 1140/2003, Reporting Judge D. IGNACIO SIERRA GIL DE LA CUESTA
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Id. vLex: VLEX-17752399
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EJECUCIÓN DE SENTENCIA. OPOSICIÓN. NRECURSO DE QUEJA.Se presenta oposición a la ejecución provisional de la sentencia. A la vista de lo expuesto ha de concluirse que procede la inadmisión del recurso de queja que se formula, ya que si bien la parte recurrente en el recurso de queja se refiere en todo momento a que en el presente caso se produjo la inadmisión del recurso de apelación, lo cierto y verdad es que basta examinar los testimonios aportados para comprobar que no existió tal inadmisión del recurso de apelación, sino que una vez admitido a trámite el recurso se dictó Auto desestimando la apelación al no ser recurrible la resolución objeto del mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 530.4 de la LEC 2000, el cual establece que contra el Auto que decida sobre la oposición a la ejecución provisional o a medidas ejecutivas concretas no cabrá recurso alguno. Por otro lado formulado recurso de reposición contra dicho Auto desestimatorio de la apelación, se acordó la inadmisión de dicho recurso por Providencia de fecha 31 de julio de 2003, al tratarse de Auto definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 451 de la LEC, y contra el cual sólo cabrían, en su caso, los correspondientes recursos extraordinarios, siempre que fueran procedentes. En la medida que ello es así el recurso de queja examinado se interpone contra unas resoluciones que no son de las contempladas en el art. 494 de la LEC 2000. Instancia desestima la oposición. La alzada desestima el recurso de queja.

Actor
Auto of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of November 11, 2003
AUTO
En la Villa de Madrid, a once de Noviembre de dos mil tres.I. ANTECEDENTES DE HECHO 1.- En el rollo de apelación nº 228/2003 la Audiencia Provincial de Oviedo (Sección Quinta) dictó Auto, de fecha 22 de julio de 2003, desestimando el recurso de apel...
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