Appeal nº 4751/2000, Reporting Judge D. JOSE RAMON FERRANDIZ GABRIEL
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Id. vLex: VLEX-17753924
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ACEPTACIÓN DE HERENCIA. SUCESIÓN PROCESAL. El efecto retroactivo de la aceptación de la herencia (aplicable Código de Sucesiones de Cataluña), la susceptibilidad de subsanación de los defectos de poder (Ley de Enjuiciamiento y la Ley Orgánica del Poder Judicial y Sentencias TS), la peculiaridad de la sucesión procesal en caso de muerte y, al fin, la ausencia en el caso del presupuesto esencial para la declaración de rebeldía , permiten imputar a las herederas de la demandada, comparecidas en forma en este trámite, el acto procesal de impugnación del recurso de casación, no obstante el fallecimiento de la causante que era quien había otorgado el poder necesario para realizarlo. No se hace lugar al recurso de casación.
Repudiación de la herencia
Costas procesales
Herencia
Aceptación y repudiación de la herencia
Apelado
Aceptación de la herencia
Costas procesales
Auto of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil, of April 22, 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La ...
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