Appeal nº 3525/2002, Reporting Judge D. JOAQUIN SAMPER JUAN
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Id. vLex: VLEX-17765529
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"RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. DOCUMENTOS. INADMISIÓN. Tanto para el recurso de suplicación como respecto de los de casación en cualquiera de sus modalidades, el art. 231 L.P.L. establece la regla general -- que se corresponde con el carácter de extraordinarios que todos ostentan y con el carácter excepcional del de casación unificadora, lo que obliga al intérprete a llevar a cabo una hermenéutica estricta y nunca extensiva -- de que la Sala correspondiente no admitirá a las partes documento alguno ni tampoco alegaciones de hechos que no resulten de los autos. No obstante permite la presentación de documentos ""comprendidos en el art. 506 de la Ley de enjuiciamiento Civil"" LECv (se corresponde con el art. 270.1 actual) o escrito que contuviese elementos de juicio necesarios para evitar la vulneración de un derecho fundamental"". No se admiten los documentos."

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Recurso de casación para unificación de doctrina
Recurrido
Recurso de casación para unificación de doctrina
Auto of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of January 30, 2003
En la Villa de Madrid, a treinta de Enero de dos mil tres.HECHOS
UNICO.- La empresa "Miguel Gallego S.A.", aporta con su escrito de interposición del recurso de casació...
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