Appeal nº 3553/2002, Reporting Judge D. ANTONIO MARTIN VALVERDE
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Id. vLex: VLEX-17766052
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"INCAPACIDAD PERMANENTE. SIMPLE AGOTAMIENTO DEL PLAZO DE IT. Se trata de un trabajador, carpintero autónomo que por resolución de la Entidad gestora se declara que el actor y recurrente no se encuentra afecto de incapacidad permanente en grado alguno. El actor insta proceso declarativo de incapacidad permanente, que en primera instancia se desestima la pretensión formulada. Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandante, siendo dictada sentencia que desestima el recurso interpuesto. El actor interpone recurso de casación. El Tribunal de Casación se entiende que se deniega la incapacidad permanente porque el actor no se encuentra impedido para desempeñar las tareas de su profesión habitual de carpintero por cuenta ajena; mientras que en el supuesto de la resolución de contraste se reconoce la procedencia de la declaración de incapacidad permanente no por el simple agotamiento del plazo de la incapacidad temporal precedente sin alta por curación, sino porque las dolencias sufridas, distintas a las acreditadas en el supuesto ahora debatido, se mantienen en el momento del alta en incapacidad temporal e impiden a la entonces actora el desempeño de su trabajo habitual de empleada de hogar, circunstancias no constatadas en el supuesto ahora debatido. Por lo que se rechaza la casación del actor."

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Demandado
Auto of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of July 09, 2003
En la Villa de Madrid, a nueve de Julio de dos mil tres.HECHOS
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 10 de los de Valencia se dictó sentencia en fecha 25 de abril de 2000, en el procedimiento nº 145/00 seguido a instancia de Luis Angelcontra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre invalidez, que desestimaba la pretensión formulada. SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por la parte demandante, siendo dictada sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en fecha 25 de abril de 2002, que desestimaba el recurso interpuesto y, en consecue...
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