Appeal nº 3820/2002, Reporting Judge D. MARIANO SAMPEDRO CORRAL
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Id. vLex: VLEX-17767113
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DERECHOS. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. La contradicción requiere que las resoluciones que se comparan contengan pronunciamientos distintos sobre el mismo objeto, es decir, que se produzca una diversidad de respuestas judiciales ante controversias esencialmente iguales, es preciso que respecto a los mismos litigantes u otros en la misma situación, se haya llegado a esa diversidad de las decisiones pese a tratarse de hechos, fundamentos y pretensiones sustancialmente iguales.Se estima en parte el recurso de suplicación. Se declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina.

Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, por el que se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos. de 21 de Noviembre, por el que se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos.
Recurso de casación para unificación de doctrina
Trabajador
Auto of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of November 06, 2003
En la Villa de Madrid, a seis de Noviembre de dos mil tres.HECHOS
PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 2 de los de Málaga se dictó sentencia en fecha 18 de mayo de 2001, en el procedimiento nº 44/2001 seguido a instancia de Dª Marisolcontra la CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, sobre derechos, que desestimaba la pretensión formulada. SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicaci...
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