Appeal nº 295/2004, Reporting Judge ANTONIO MARTIN VALVERDE
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Id. vLex: VLEX-17770922
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"RECURSO DE CASACION PARA UNIFICAR DOCTRINA. Se estima el recuso de suplicación interpuesto el Ayuntamiento, se desestima la demanda interpuesto por el trabajador sobre despido. El recurrido interpone recurso de casación para la unificación de doctrina. El recuso interpuesto no alcanza el requisito de la contradicción. La falta de coincidencia de las controversias sobre las que versan las sentencias comparadas, al abordar los supuestos de hecho que aunque parcialmente coincidentes no son ""sustancialmente"" idénticos a los efectos que nos ocupan y sin que ello entrañe una interpretación rigorista de los requisitos legalmente exigidos para acceder al recurso de casación unificadora, pues sin la concurrencia de la triple identidad ex art. 217 de la LPL. Se declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina. Se confirma la sentencia. Sin imposición de costas."

Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Recurso de casación para unificación de doctrina
Sentencias recurribles
Recurrido
Auto of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of October 07, 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a siete de Octubre de dos mil cuatro.HECHOSPRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social Nº 6 de los de Madrid se dictó sentencia en fecha 28 de febrero de 2003, en el procedimiento nº 1025/02 seguido a instancia de Julián contra INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACION EMPRESARIAL, AYUNTAMIENTO DE MADRID, sobre despido, que estimaba la pretensión formulada. SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por ambas partes, siendo dictada sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en fecha 9 de diciembre de 2003, que estimaba el formulado por el Instituto empleador y desestimaba el recurso del trabajador y, en consecuencia revocaba ...
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