Novísima suma de arrendamientos urbanos (2001)
Juan Ventura Fuentes Lojo - Magistrado del Tribunal Supremo Jubilado. Abogado
Section: Parte Primera. La Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 y los Arrendamientos concertados desde el 1 de enero de 1995
Permanent Link:
http://vlex.com/vid/178749
Id. vLex: VLEX-178749
Click here to download this article in graphic format (Acrobat Reader)

Constitución Española de 1978. - Artículo 47
Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículo 42
Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. - Artículos 1 , 2 , 5 , 14 , 21 , 1554
Código Civil. - Artículos 1124 , 1255 , 1543
Articulo 2: Arrendamiento de vivienda
A) TEXTO LEGAL
Artículo 2. Arrendamiento de vivienda 1. Se considera arrendamiento de vivienda aquel arrendamiento que recae sobre una edificación habitable cuyo destino primordial sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. 2. Las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador. B) CONCORDANCIAS Véase artículos 1, 4 apartado 1, 2 y 4; y artículos 36 y 37. C) PROYECTOS Y ENMIENDAS En el proyecto aprobado por el Consejo de Ministros el 28-1-1994 no aparece la frase que existe en el texto actual: «que recae sobre una edificación habitable». El del Congreso de Diputados de 30-6-1994 ya recogió el actual texto. En el proyecto del Senado, en relación con el anterior de 14-10-94, se sustituye la frase «finca urbana habitable» por «edificación habitable». Conviene destacar que ante el Congreso se presentó una enmienda (la n.º 2) por el Grupo Mixto-UV, en el sentido de equiparar al arrendatario a la «persona a la que se halle ligado por análoga relación de afectividad, no separado legalmente o de hecho, o de sus hijos dependientes». Y que el Grupo de Coalición Canaria presentó otra enmienda (la n.º 407), para que se añadiese en el apartado 2 del artículo «la azotea». D) EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA EN LA LAU DE 1964 Nos remitimos a lo que decimos al comentar esta materia en la parte tercera de esta obra.1 Comentario del que deducimos que las difer...
If you are already a vLex customer, Access Here