Appeal nº 4238/1998, Reporting Judge ROMAN GARCIA VARELA
Case Law No.308/2005
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Id. vLex: VLEX-18036313
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JUICIO DE MAYOR CUANTÍA. DERECHO DE OPCIÓN DE COMPRA. Es ajustada a derecho la providencia que ordena la ejecución exacta de lo ordenado en sentencia firme. No cabe convertir este recurso de casación contra auto dictado en ejecución de sentencia en un proceso para enjuiciar la cuestión de si la recurrente reúne o no la calidad de tercero protegido por la buena fe registral. Se estima parcialmente la demanda. Se desestima la apelación.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria.
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ejecución de sentencias
Fe publica registral
Demandado
Case of Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil nº 308/2005, of May 06, 2005
ROMAN GARCIA VARELAJESUS CORBAL FERNANDEZCLEMENTE AUGER LIÑAN
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a seis de Mayo de dos mil cinco. Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados arriba indicados, el recurso de casación interpuesto contra el auto dictado en grado de apelación en fecha 1 de septiembre de 1998, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra, en el rollo número 31/97, formado con apelaciones de incidentes en ejecución de sentencia del juicio declarativo de mayor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Pamplona con el número 616/77; recurso que fue interpuesto por "IWER NAVARRA, S.A.L.", representada por la Procuradora de los Tribunales doña Paloma Ortiz-Cañavate Levenfeld; siendo recurrida "KELER, S.A.", representada por el Procurador de los Tribunales don Antonio María Álvarez-Buylla Ballesteros.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- 1º.- Por el Juzgado de Primera Instancia de Pamplona, número 2 se dictó auto, con fecha 31 de octubre de 1996, en autos de juicio de mayor cuantía número 616/77, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente: "Que debía desestimar y desestimaba el recu...
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