Appeal nº 55/2004, Reporting Judge LUIS RAMON MARTINEZ GARRIDO
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Id. vLex: VLEX-18036973
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CONVENIO COLECTIVO. COMISIÓN NEGOCIADORA. Se impugna convenio colectivo. En los convenios de ámbito superior a la empresa, la comisión negociadora quedará validamente constituida, sin perjuicio del derecho de todos los sujetos legitimados a participar en ella en proporción a su representatividad, cuando los sindicatos, federaciones o confederaciones y las asociaciones empresariales representen como mínimo, respectivamente a la mayoría absoluta de los miembros de los comités de empresa y delegados de personal, en su caso, y a empresarios que ocupen la mayoría de los trabajadores afectados por el convenio. La demanda fue desestimada. La casación fue desestimada.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral. de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
Sindicato
De oficio
Conflicto colectivo
A instancia de parte
Recurrido
Convenio colectivo
Impugnación del convenio
Demandado
Case of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of February 14, 2005
JOAQUIN SAMPER JUANAURELIO DESDENTADO BONETELUIS RAMON MARTINEZ GARRIDOGONZALO MOLINER TAMBOREROJUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a catorce de Febrero de dos mil cinco. Vistos los autos pendientes ante la Sala en virtud de recurso de casación interpuesto por el Letrado Sr. Blanco Giraldo, en la representación que ostenta de ASOCIACION DE MADRID DE EMPRESAS DE TRANSPORTE (AMATRA), ORGANIZACIÓN CASTELLANA DE MUDANZAS (OCEM) y ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE LA REGION CENTRO (ATRADICE) contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 18 de febrero de 2.004, en autos 33/2003 promovidos por la ASOCIACION DE MADRID DE EMPRESAS DE TRANSPORTE (AMATRA), ORGANIZACIÓN CASTELLANA DE MUDANZAS (OCEM) y ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE TRANSPORTE DE LA REGION CENTRO (ATRADICE) frente a COMAT, CC.OO., U.G.T. Y MINISTERIO FISCAL, sobre IMPUGNACION CONVENIO COLECTIVO.Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. LUIS RAMÓN MARTÍNEZ GARRIDOANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por la representación de la ASOCIACION DE MADRID DE EMPRESAS DE TRANSPORTE (AMATRA), ORGANIZACIÓN CA...
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