Appeal nº 8623/1997, Reporting Judge MANUEL VICENTE GARZON HERRERO
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Id. vLex: VLEX-18041490
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"SERVICIOS PORTUARIOS. TARIFAS. Las tarifas sólo pueden establecerse por la prestación de servicios portuarios, y en el caso de gestión de muelles deportivos por concesionarios las autoridades portuarias no prestan ningún servicio, sino que son prestados directamente por aquellos; desde esta perspectiva hace referencia igualmente al canon que ya se abona por el uso del dominio público. Se desestima el contencioso administrativo. Se estima la casación. "

Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal. de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
Federación
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of June 28, 2005
JAIME ROUANET MOSCARDORAFAEL FERNANDEZ MONTALVOMANUEL VICENTE GARZON HERREROJUAN GONZALO MARTINEZ MICOEMILIO FRIAS PONCE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiocho de Junio de dos mil cinco. VISTO por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal, integrada por los Excmos. Señores Magistrados anotados al margen, el Recurso de Casación interpuesto por la Federación Española de Asociaciones de Puertos Deportivos y Turísticos, S.A., representada por la Procuradora D...
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