Última modificación 14/07/2000
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Id. vLex: VLEX-180423
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Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, por el que se regulan los pagos a cuenta en el Impuesto sobre la Renta delas Personas Físicas y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de retenciones e ingresos a cuenta.
TÍTULO I. Pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
CAPÍTULO I. Retenciones e ingresos a cuenta. Normas generales
CAPÍTULO II. Cálculo de las retenciones
SECCIÓN I. Rendimientos del trabajo
SECCIÓN II. Rendimientos del capital mobiliario
SECCIÓN III. Rendimientos de actividades económicas
SECCIÓN IV. Ganancias patrimoniales
SECCIÓN V. Otras rentas
CAPÍTULO III. Ingresos a cuenta
CAPÍTULO IV. Obligaciones del retenedor y del obligado a ingresar a cuenta
CAPÍTULO V. Pagos fraccionados
TÍTULO II. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de retenciones e ingresos a cuenta
TÍTULO III. Pagos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
CAPÍTULO I. Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente
CAPÍTULO II. Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA. Régimen transitorio de las modificaciones introducidas en materia de retenciones sobre los rendimientos del capital mobiliario y sobre ganancias patrimoniales.
SEGUNDA. Determinación de las retenciones por circustancias personales y familiares comunicadas en el ejércicio anterior
TERCERA. Plazo de publicación de la Orden de aprobación del régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido para 1999.
CUARTA. Renuncia y revocaciones al régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al régimen especial simplificado y al de la agricultura, ganadería y pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido para 1999.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA. Entrada en vigor.
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