BOCM. Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, April 11, 2003 (Nbr. 86)
A - Disposiciones Generales
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Id. vLex: VLEX-181143

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. - Artículo 12
Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos. de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos. - Artículo 38
LEY 53/1999, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas. de 28 de diciembre, por la que se modifica la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas.
REAL DECRETO 27/2000, de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores. de 14 de enero, por el que se establecen medidas alternativas de carácter excepcional al cumplimiento de la cuota de reserva del 2 por 100 en favor de trabajadores discapacitados en empresas de 50 o más trabajadores.
LEY 13/1995, de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. de 18 de Mayo, de Contratos de las administraciones publicas. - Artículo 68
LEY 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de altos cargos de la Comunidad de Madrid. de 21 de abril, de Incompatibilidades de altos cargos de la Comunidad de Madrid.
Directiva 93/38/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones de 14 de junio de 1993, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones
Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes... de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de los disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes...
LEY 48/1998, de 30 de diciembre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 93/38/CEE y 92/13/CEE. de 30 de diciembre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico español las Directivas 93/38/CEE y 92/13/CEE.
Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
DECRETO 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
DECRETO 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
PREÁMBULO La Constitución española, en su artículo 149.1.18.o, atribuye al Estado competencia exclusiva para promulgar la legislación básica sobre contratación administrativa, de aplicación general a todas las Administraciones Públicas. En el marco de la legislación básica del Estado, corresponde a la Comunidad de Madrid el desarrollo legislativo, la potestad reglamentaria y la ejecución en materia de contratos administrativos, conforme establece la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada al artículo 27.2 por la Ley Orgánica 5/1998, de 7 de julio, de reforma de la anterior. Corresponde asimismo a la Comunidad de Madrid el ejercicio de sus competencias en cuanto a organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno y la facultad de dictar reglamentos internos de organización de sus servicios. La contratación de la Comunidad de Madrid se regirá por la legislación básica del Estado en materia de contratos de las Administraciones Públicas y por las Leyes de la Asamblea de Madrid y demás normas de carácter reglamentario que se dicten para su desarrollo y ejecución. La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, incorporó el contenido de las Directivas vigentes sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios. Esta Ley, tras sufrir varias modificaciones, la más importante de las cuales fue la operada por la Ley 53/1999, de 28 de diciembre, fue finalmente derogada por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La necesaria incorporación de las Directivas sobre contratación pública a la legislación interna de España y el carácter de legislación básica de los preceptos más significativos de la normativa estatal en la materia, hacen que la Comunidad de Madrid no disponga de margen sustancial para desarrollar mediante Ley el actual marco jurídico, más allá de las Leyes aprobadas por la Asamblea de Madrid vigentes actualmente. Las adaptaciones más urgentes que requerían las Leyes de la Comunidad de Madrid para adaptarlas al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y para simplificar y flexibilizar los procedimientos de contratación en esta Administración regional, se llevaron a cabo mediante las modificaciones de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid; de la Ley 1/1984, de 19 de enero, de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, y de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, producidas por las Leyes 14/2001, de 26 de diciembre, y 13/2002, de 13 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. El marco normativo básico de la contratación pública se ha visto completado con la entrada en vigor del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. La Comunidad de Madrid ha venido ejerciendo su potestad reglamentaria mediante la creación y regulación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, del Registro de Contratos, del Registro de Licitadores y de la Junta Central de Compras de la Comunidad de Madrid, así como con la aprobación de diversas normas con incidencia en los procedimientos de contratación por afectar a la gestión de los gastos, a los órganos que intervienen o a las propias actuaciones administrativas. Las significativas novedades que presenta el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas respecto a la regulación anterior, hacen necesaria la adecuación de las normas reglamentarias de la Comunidad de Madrid en la materia. Esta adaptación se lleva a cabo con el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid que se aprueba con el presente Decreto. Con el Reglamento de contratación de la Comunidad de Madrid no sólo se produce la adaptación a la normativa estatal, sino que se pretende actualizar y mejorar las normas autonómicas basándose en la experiencia derivada de su aplicación práctica durante los últimos años. Además, el Reglamento que ahora se aprueba cumple una función recopiladora de anteriores disposiciones, incorporando a su texto tanto las normas reglamentarias vigentes, con las necesarias actualizaciones y adaptaciones, como reproduciendo los preceptos contenidos en diversas Leyes de la Comunidad de Madrid que regulan la contratación pública, con el objetivo de constituir la norma esencial de referencia en la Administración regional que complete el marco normativo de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su Reglamento General y, por...
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