Rafael Calvo Ortega (director)
Section: Declaraciones y otros deberes formales
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Id. vLex: VLEX-181182

LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículo 45
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. - Artículos 11 , 21
LEY 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. - Artículo 1
REAL DECRETO 3472/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifican determinados artículo s del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de amortización de elementos patrimoniales, provisión para insolvencias de entidades financieras, colabo ración externa en la presentación y gestión de declaraciones a imputación temporal de ingresos y de 29 de diciembre, por el que se modifican determinados artículo s del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de amortización de elementos patrimoniales, provisión para insolvencias de entidades financieras, colabo ración externa en la presentación y gestión de declaraciones a imputación temporal de ingresos y
LEY 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro. de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro.
LEY 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999. de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999.
REAL DECRETO 326/1999, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.
LEY 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias. de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias.
LEY 7/1999, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
LEY 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000. de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.
LEY 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
REAL DECRETO 1966/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican e introducen diversas normas tributarias y aduaneras para su adaptación a la introducción del euro durante el período transitorio. de 23 de diciembre, por el que se modifican e introducen diversas normas tributarias y aduaneras para su adaptación a la introducción del euro durante el período transitorio. - Artículo 5
REAL DECRETO 1968/1999, de 23 de diciembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, en materia de dietas, obligación de declarar, pagos a cuenta y obligaciones de información. de 23 de diciembre, por el que se modifican determinados artículos del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, en materia de dietas, obligación de declarar, pagos a cuenta y obligaciones de información.
LEY 12/1999, de 23 de diciembre, de Medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas. de 23 de diciembre, de Medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas.
LEY 6/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas. de 27 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas.
LEY 9/1999, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalidad Valenciana. de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalidad Valenciana.
LEY 8/1999, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Presupuestarias y de Función Pública y Actuación Administrativa. de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Presupuestarias y de Función Pública y Actuación Administrativa.
LEY 9/1999, de 27 de diciembre, de 'Medidas Tributarias y de Modificación de Diversas Leyes Regionales en materia de Tasas, Puertos, Educación, Juego y Apuestas y Construcción y Explotación de Infraestructuras'. de 27 de diciembre, de 'Medidas Tributarias y de Modificación de Diversas Leyes Regionales en materia de Tasas, Puertos, Educación, Juego y Apuestas y Construcción y Explotación de Infraestructuras'.
REAL DECRETO 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales. de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales. - Artículo 2
Real Decreto 1108/1999, de 25 de junio, por el que se regula el sistema de cuenta corriente en materia tributaria. de 25 de junio, por el que se regula el sistema de cuenta corriente en materia tributaria.
REAL DECRETO 214/1999, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
REAL DECRETO 215/1999, de 5 de febrero,por el que se modifican los Reglamentos de Planes y Fondos de Pensiones, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre el Valor Añadido y otras normas tributarias. de 5 de febrero, por el que se modifican los Reglamentos de Planes y Fondos de Pensiones, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre el Valor Añadido y otras normas tributarias. - Artículo 4
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículo 14
Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
Real Decreto 2281/1998, de 23 de octubre, por el que se desarrollan las disposiciones aplicables a determinadas obligaciones de suministro de información a la Administración tributaria y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre, y el Real Decreto 2027/1995, de 22 de... de 23 de octubre, por el que se desarrollan las disposiciones aplicables a determinadas obligaciones de suministro de información a la Administración tributaria y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre, y el Real Decreto 2027/1995, de 22 de... - Artículo 7
LEY 13/1997, de 23 de diciembre, reguladora de la actividad urbanistica de la comunidad autonoma de extremadura. de 23 de diciembre, reguladora de la actividad urbanistica de la comunidad autonoma de extremadura.
REAL DECRETO 2414/1994, de 16 de Diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de lapersonas fisicas en materia de actividades agricolas y Ganaderas, rentas no sometidas a Retencion o ingreso a Cuenta y Cuantia de los Pagos fraccionados. de 16 de Diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de lapersonas fisicas en materia de actividades agricolas y Ganaderas, rentas no sometidas a Retencion o ingreso a Cuenta y Cuantia de los Pagos fraccionados.
REAL DECRETO 448/1995, de 24 de Marzo, por el que se modifica determinados articulos del Reglamento general de Recaudacion, del Real decreto por el que se reglamenta el Recurso de Reposicion previo al economico-administrativo y del Real decreto por el que se desarrolla determinadas directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de ... de 24 de Marzo, por el que se modifica determinados articulos del Reglamento general de Recaudacion, del Real decreto por el que se reglamenta el Recurso de Reposicion previo al economico-administrativo y del Real decreto por el que se desarrolla determinadas directivas comunitarias sobre asistencia mutua en materia de ...
LEY 14/1996, de 30 de Diciembre, de Cesion de Tributos del Estado a las Comunidades autonomas y de Medidas fiscales complementarias. de 30 de Diciembre, de Cesion de Tributos del Estado a las Comunidades autonomas y de Medidas fiscales complementarias.
REAL DECRETO 263/1996, de 16 de Febrero, por el que se regula la Utilización de Técnicas electrónicas, informáticas y Telemáticas por la Administración general del Estado. de 16 de Febrero, por el que se regula la Utilización de Técnicas electrónicas, informáticas y Telemáticas por la Administración general del Estado.
LEY 39/1997, de 8 de Octubre, por la que se aprueba el Programa prever para la Modernizacion del Parque de Vehiculos automoviles, el Incremento de la Seguridad vial y la defensa y Proteccion del Medio ambiente. de 8 de Octubre, por la que se aprueba el Programa prever para la Modernizacion del Parque de Vehiculos automoviles, el Incremento de la Seguridad vial y la defensa y Proteccion del Medio ambiente.
LEY 9/1997, de 22 de Diciembre, de Medidas fiscales y administrativas. de 22 de Diciembre, de Medidas fiscales y administrativas.
LEY 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
REAL DECRETO 2814/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro. de 23 de diciembre, por el que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de la introducción del euro.
LEY 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro. de 17 de diciembre, sobre introducción del euro. - Artículos 11 , 12 , 23 , 27 , 33
LEY 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa. de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa.
REAL DECRETO-LEY 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa. de 23 de junio, por el que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa.
LEY 4/2000, de 26 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas. de 26 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 44 , 96 , 111 , 112
Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. - Artículos 79 , 80 , 81
Ley 41/1998, de 9 de diciembre, sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias. de 9 de diciembre, sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias.
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido - Artículo 117
Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio. - Artículo 37
Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades.
REAL DECRETO 579/2001, de 1 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, en materia de exenciones, rendimientos del trabajo.. de 1 de junio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, en materia de exenciones, rendimientos del trabajo..
Impuesto sobre la renta de las perosonas físicas. Gestión del impuesto: declaraciones y otros deberes formales
Normas
1) Corrección de errores de la Resolución de 15 de diciembre de 2000, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de comunicación de la situación personal y familiar del perceptor de rentas del trabajo, o de su variación, ante el pagador y se determina la forma en que debe efectuarse dicha comunicación (BOE núm. 26, de 30-1-01). Advertido error en la Resolución de 15 de diciembre de 2000, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de comunicación de la situación personal y familiar del perceptor de rentas del trabajo, o de su variación, ante el pagador y se determina la forma en que debe efectuarse dicha comunicación, publicada en el <> número 301, de 16 de diciembre de 2000, se procede a efectuar la oportuna rectificación: En la página 44239, columna segunda, primera línea, donde dice: << de comunicar al pagador de rendimientos sometidos a >>, debe decir: << de comunicar o comunicar al pagador de rendimientos sometidos a >> 2) Resolución de 9 de enero de 2001, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de solicitud de devolución y el modelo de comunicación de datos adicionales por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2000, que podrán utilizar los contribuyentes no obligados a declarar por dicho Impuesto que soliciten la correspondiente devolución, y se determinan el lugar, plazo y forma de presentación de los mismos (BOE núm. 13, de 15-1-01). La Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias (<> del 10) y el Reglamento de dicho Impuesto, aprobado en el artículo único del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero (<> del 9) han diseñado un nuevo modelo gestor del Impuesto cuyas notas básicas están constituidas por la exclusión de la obligación de declarar de un elevado número de contribuyentes perceptores fundamentalmente de rendimientos del trabajo y por la personalización del sistema de retenciones e ingresos a cuenta establecido sobre este tipo de rendimientos. Por lo que respecta al ejercicio 2000, los apartados 2 y 3 del artículo 79 de la ley 40/1998, de 9 de diciembre, en la redacción dada a los mismos por el apartado cuatro del artículo 1 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (<> del 30), establecen que no tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: Rendimientos del trabajo, con el límite de 3.500.000 pesetas brutas anuales (21.035,42 euros), incluso cuando procedan de más de un pagador, siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 100.000 pesetas brutas anuales (601,01 euros); rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 250.000 pesetas brutas anuales (1.502,53 euros); rentas inmobiliarias imputadas a que se refiere el artículo 71 de la Ley del Impuesto, con el límite que se establezca reglamentariamente; rendimientos del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 100.000 pesetas brutas anuales (601,01 euros). Tampoco tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos del trabajo, del capital, o de actividades profesionales, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 100.000 pesetas brutas anuales (601,01 euros). El límite de 3.500.000 pesetas brutas anuales (21.035,42 euros) anteriormente comentado será de 1.300.000 pesetas (7.813,16 euros) para los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo en los siguientes supuestos: Cuando procedan de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 100.000 pesetas brutas anuales (601,01 euros); cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos diferentes de las previstas en el artículo 7, letra k) de la Ley del Impuesto, así como cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener de acuerdo con lo previsto reglamentariamente. No obstante lo anterior, el apartado 4 de este artículo establece la obligación de declarar para los contribuyentes que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a ...
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