Rafael Calvo Ortega (director)
Section: BASE IMPONIBLE
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Id. vLex: VLEX-181187

LEY 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002. de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.
LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículo 42
Ley 8/1987, de 8 de junio, de regulación de Planes y Fondos de Pensiones. de 8 de junio, de regulación de Planes y Fondos de Pensiones.
Código Civil. - Artículo 1445
Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículo 74
LEY 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
LEY 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las Entidades de Capital-Riesgo y de sus sociedades gestoras. de 5 de enero, reguladora de las Entidades de Capital-Riesgo y de sus sociedades gestoras.
REAL DECRETO 1588/1999, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios. de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios.
LEY 54/1999, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000. de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2000.
LEY 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales - Artículo 9
REAL DECRETO-LEY 6/1998, de 5 de junio, por el que se transforma la empresa nacional de transportes de viajeros por carretera (enatcar) en una sociedad anonima. de 5 de junio, por el que se transforma la empresa nacional de transportes de viajeros por carretera (enatcar) en una sociedad anonima.
LEY 13/1996, de 30 de Diciembre, de Infracciones en materia de Vivienda. de 30 de Diciembre, de Infracciones en materia de Vivienda.
REAL DECRETO 537/1997, de 14 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. de 14 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. - Artículo 1
LEY 30/1994, de 24 de Noviembre, de Fundaciones y de Incentivos fiscales a la Participacion privada en actividades de Interes general. de 24 de Noviembre, de Fundaciones y de Incentivos fiscales a la Participacion privada en actividades de Interes general. - Artículos 66 , 67
REAL DECRETO-LEY 12/1995, de 28 de Diciembre, sobre Medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y Financiera. de 28 de Diciembre, sobre Medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y Financiera.
LEY 19/1995, de 4 de Julio, de Modernizacion de las Explotaciones agrarias. de 4 de Julio, de Modernizacion de las Explotaciones agrarias.
REAL DECRETO-LEY 7/1996, de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica. de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica. - Artículo 5
LEY 54/1997, de 27 noviembre, del Sector electrico.
REAL DECRETO-LEY 15/1997, de 5 de Septiembre, por el que se modifica la Ley 5/1996, de 10 de Enero, de Creacion de determinadas entidades de derecho publico. de 5 de Septiembre, por el que se modifica la Ley 5/1996, de 10 de Enero, de Creacion de determinadas entidades de derecho publico.
LEY 13/2000 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001.
Real Decreto 2631/1982, de 15 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades. de 15 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.
Ley 7/1983, de 29 de Junio, de Expropiacion por razones de Utilidad publica e Interes social de los Bancos y Otras sociedades que componen el Grupo 'rumasa, s. a.' (real decreto-ley 2/1983, de 23 de Febrero). de 29 de Junio, de Expropiacion por razones de Utilidad publica e Interes social de los Bancos y Otras sociedades que componen el Grupo 'rumasa, s. a.' (real decreto-ley 2/1983, de 23 de Febrero).
Real Decreto-Ley 8/1984, de 28 de Junio, por el que se emite deuda publica del Estado con destino a la Financiacion del deficit patrimonial de las Sociedades que integran el 'grupo rumasa'. de 28 de Junio, por el que se emite deuda publica del Estado con destino a la Financiacion del deficit patrimonial de las Sociedades que integran el 'grupo rumasa'.
Ley 37/1988, de 28 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1989. de 28 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1989. - Artículo 62
LEY 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa. de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa.
REAL DECRETO 689/2000, de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y de Hacienda. de 12 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Ministerios de Economía y de Hacienda.
REAL DECRETO-LEY 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios. de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.
Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 107 , 114
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. de 21 de diciembre, de Universidades.
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. - Artículo 73
Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias. de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.
Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. - Artículos 10 , 12 , 15 , 20 , 21 , 23 , 36 , 69
REAL DECRETO 659/2001, de 22 de junio, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social sobre beneficios fiscales aplicables a «Salamanca.. de 22 de junio, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social sobre beneficios fiscales aplicables a «Salamanca..
LEY 7/2001, de 14 de mayo, de modificación de la Ley del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril de 14 de mayo, de modificación de la Ley del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril
Impuesto sobre sociedades: base imponible
Normas
1) Orden de 8 de enero de 2001, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se fija para el año 2001 la renta de referencia (BOE núm. 14, de 16-1-01). Ver disposición 2) Ley 7/2001, de 14 de mayo, de modificación de la Ley del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril (BOE núm. 116, de 15-5-01). EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de junio de 1996 estableció las bases del proceso de modernización del Sector Público Empresarial del Estado. Estas bases han constituido el marco en el cual se ha desarrollado un intenso proceso de optimización y racionalización del sector público, proceso que, a su vez, ha estado unido a la adopción de medidas tendentes a una mejora en la ordenación de los comúnmente denominados grupos societarios públicos. En concreto, la mejora de la estructura de los grupos públicos titulares de participaciones societarias ha sido uno de los instrumentos que han facilitado la consecución de tales objetivos de modernización y racionalización. Uno de sus últimos referentes lo constituye el Real Decreto-ley 15/1997, de 5 de septiembre, por el que se extingue el ente de derecho público Agencia Industrial del Estado, integrándose su activo y pasivo en la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, proceso que, a su vez, y como refleja la propia exposición de motivos de la norma, vino antecedido por la extinción de las entidades públicas, INI y TENEO, vinculadas al Ministerio de Industria. A partir del Real Decreto-ley 15/1997 se introdujo un principio de unidad de titularidad y gestión en torno a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, que, como accionista único carente de apoyo presupuestario, quedaba llamado a comportarse como un inversor privado en la administración de las participaciones industriales, ya fueran rentables o deficitarias. La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales ha recibido desde entonces la aportación de ENATCAR, constituida en forma de sociedad anónima y transferida a la entidad pública por el Real Decreto-ley 6/1998, de 5 de junio. Adicionalmente, la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, ha adscrito a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales el ente público Radiotelevisión Española, a la vez que posibilita que se le puedan adscribir nuevas entidades públicas empresariales. El Real Decreto 689/2000, de 12 de mayo, hizo depender del Ministerio de Hacienda tanto la Dirección General del Patrimonio del Estado como la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales. Esta norma pone de manifiesto la necesidad de modificar la actual configuración estanca de ambos grupos, en la medida en la que la misma no permite una natural reordenación de participaciones entre los mismos, reordenación que aconsejan los criterios de homogeneidad en la composición y configuración de los grupos societarios y que es común en el mercado. La rigidez que representa la existencia de dos grupos societarios compartimentados en el ámbito de un mismo Ministerio ocasiona disfunciones en la medida en la que no es posible emplear en determinadas sociedades del Grupo Patrimonio la experiencia en procesos de reconversión y saneamiento de que dispone la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales, a la vez que tampoco se hace factible la utilización de la especializada dotación de medios humanos y técnicos con que cuenta esa entidad pública para la implantación de criterios de gestión empresarial en sociedades que producen bienes y servicios en el mercado. En definitiva, la incorporación en la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales de sociedades del Grupo Patrimonio tiene por objeto el facilitar en el entorno de esta entidad el desarrollo especializado de la gestión empresarial de sociedades que producen bienes y servicios en el mercado. La incorporación a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales de las sociedades que deben ser objeto de procesos de desinversión tendrá como resultado conseguir rápidas reordenaciones del sector público estatal, que habrán de garantizar el abandono por el Estado de la titularidad de empresas que actúan en mercados abiertos y competitivos que no requieren la presencia de un operador público. Adicionalmente, la entrada en la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales de sociedades necesitadas de actuaciones de optimización y racionalización hace que las mismas puedan beneficiarse de la estructura humana y técnica que habrá de conducir y asegurar la ejecución de urgentes medidas aconsejadas por estrictos criterios de gestión empresarial. Si bien es cierto que el Grupo Patrimonio ha venido desarrollando tales actividades de forma plenamente satisfactoria, no es menos cierto que las unidades correspondientes no tienen la estructura suficiente para garantizar los intensos ritmos y actuaciones múlt...
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