Boletín Oficial del Estado, June 15, 1981 (Nbr. 142)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Hacienda
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Id. vLex: VLEX-18121840
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Ley 34/1980, de 21 de Junio, de Reforma del Procedimiento tributario. de 21 de Junio, de Reforma del Procedimiento tributario.
Real Decreto 1365/1980, de 13 de Junio, por el que se regulan las Competencias y Estructura de los Consorcios para la Gestion e Inspeccion de las Contribuciones territoriales. de 13 de Junio, por el que se regulan las Competencias y Estructura de los Consorcios para la Gestion e Inspeccion de las Contribuciones territoriales. - Artículo 28
Real Decreto-Ley 11/1979, de 20 de Julio, sobre medidas urgentes de Financiacion de las Corporaciones Locales. de 20 de Julio, sobre medidas urgentes de Financiacion de las Corporaciones Locales.
Orden de 1 de junio de 1981 por la que se regula la Coordinacion de valores de los bienes de naturaleza inmobiliaria.
Reguladas las competencias y Estructura de los consorcios para la Gestion e Inspeccion de las contribuciones territoriales por Real Decreto 1365/1980, de 13 de junio y dispuesto en su artículo 28 que la Coordinacion de valores de los bienes calificados tributariamente de naturaleza rústica y pecuaria y de la propiedad urbana se realizará por el Ministerio de Hacienda, a Traves de la Inspeccion Central y de las Delegaciones de Hacienda especiales, con la colaboración de los ayuntamientos que se determine reglamentariamente, resulta obligado arbitrar el procedimiento pora llevar a efecto dicha Coordinacion , tanto en cuanto a las Directrices y normas que en materia técnica deban regular los trabajos de formación, Conservacion y revisión de los catastros de rústica y urbana cómo a la programación de los planes anuales y, por supuesto, al establecimiento de los criterios de valoración , la Coordinacion de valores y el control de los mismos, al objeto de garantizar la debida equidad tirbutariaPara lograar una auténtica efectividad en la Coordinacion que redunde en una manifiesta mejora de la Gestion e Inspeccion de las contribuciones territoriales rústica y urbana, es precisó crear los Organos que, por su composición y Atribuciones, garanticen el cumplimiento de la misión encomendada a los consorciosEn su virtud, Este Ministerio, con la aprobación de la presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 130, 2, de La Ley de Procedimiento Administrativo, se ha servido disponer:Artículo 1. La Coordinacion de los valores de los bienes calificados tributariamente de naturaleza rústica y de la propuedad inmobiliaria urbana se realizará por el Ministerio de Hacienda, a Traves de la inspccion Central y de las Delegaciones de Hacienda especiales, ...
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