Resolución de 22 de septiembre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Pamplona don Felipe Pou Ampuero contra la negativa del registrador mercantil de Navarra, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

BOE. Boletín Oficial del Estado, October 27, 2005 (Nbr. 257)

III - Otras Disposiciones - Ministerio de Justicia
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Resolución de 22 de septiembre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Pamplona don Felipe Pou Ampuero contra la negativa del registrador mercantil de Navarra, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

RESOLUCIÓN de 22 de septiembre de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Pamplona don Felipe Pou Ampuero contra la negativa del registrador mercantil de Navarra, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

En el recurso interpuesto por el Notario de Pamplona don Felipe Pou Ampuero contra la negativa del Registrador Mercantil de Navarra, don Joaquín Rodríguez Hernández, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

Hechos

I

El día 22 de noviembre de 2004 Don Felipe Pou Ampuero, Notario de Pamplona, autorizó una escritura de constitución de sociedad de responsabilidad limitada en la cual, Doña E. C. M. y Don O. I. P., intervenían en sus propios nombre y derecho, y además la primera en nombre y representación de Doña M. G. P. 'en virtud de poder otorgado a su favor mediante escritura autorizada por el Notario de Barcelona, Don Francisco-Javier Ramos Calles, el día 18 de noviembre de 2004, número 1061 de protocolo, que asegura vigente, copia autorizada de la cual tengo a la vista y juzgo con facultades representativas suficientes para los actos contenidos en esta escritura en la que se le confieren facultades para constituir la sociedad objeto de esta escritura aunque incurra en autocontratación. Y Doña V.L.B. en virtud de poder otorgado a su favor mediante escritura autorizada por el Notario de Vicar, don Higinio Pi Guirado, el día 18 de noviembre de 2004, número 3262 de protocolo, que asegura vigente, copia autorizada ...

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