Rafael Calvo Ortega (director)
Section: Tasas
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LEY 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
LEY 12/1999, de 23 de diciembre, de Medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas. de 23 de diciembre, de Medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas.
LEY 2/1998, de 13 de marzo, de ordenacion de emergencias, en las illes balears. de 13 de marzo, de ordenacion de emergencias, en las illes balears.
Comunidades Autónomas de régimen común. Baleares. Tasas
Normas 1) Ley 9/200, de 27 de octubre, de modificación de la Ley 12/1999, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública y económicas (BOCAIB de 2-1-00). 2) Ley 15/2000, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el 2001 (BOIB de 30-12-00). ( ) Artículo 13. Tributos. ( ) Aumentan para el 2001 los tipos de gravamen de cuantía fija de las tasas, prestaciones patrimoniales de carácter público y el resto de los tributos propios de la Hacienda de la comunidad autónoma de las Islas Baleares hasta la cantidad que resultará de aplicar a la cantidad exigida en 2000 el coeficiente del 2 por 100. Para lo tributos propios, si la cantidad que resulta de esta operación diese céntimos, se redondeará a la baja si los céntimos no llegasen a cincuenta, y al alza, en caso contrario. Para las tasas, la cantidad que resulte de esta operación se redondeará a múltiplos de 5 pesetas, por exceso o por defecto, en función de que el resultado se más próximo a uno u otro múltiplo. Se consideran tipos fijos aquellos que no se dete...
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