Appeal nº 1521/2002, Reporting Judge D. LUIS ROMAN PUERTA LUIS
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Id. vLex: VLEX-18473723
DELITOS. HOMICIDIO. TENTATIVA. ANIMUS NECANDI. En cuanto al elemento interno del animus neccandi, no ofrece duda alguna su concurrencia, dada la localización de las lesiones en la víctima, especialmente las producidas por uno de los acusados con la barra de hierro en la cabeza, con un objeto, pues, altamente contundente y en una zona vital del cuerpo, aunque también los navajazos que el otro acusado le dio en la ingle, dada además la brutalidad y contundencia de los medios empleados por ambos acusados en la agresión, con un extraordinario despliegue de violencia, en tanto que eran dos personas contra una sola, desarmada y sorprendida, todo ello unido a las propias palabras proferidas por los acusados tanto al inicio de la agresión como una vez finalizada ésta, expresivas de la intención de matar que tenían los acusados. En primera instancia se condena al acusado. Se indamite la casación.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal.
Animus necandi
Homicidio
Animus necandi
Homicidio
Ministerio Fiscal
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of July 03, 2003
En la Villa de Madrid, a tres de Julio de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 8ª), en autos nº 30/2001, se interpuso Recurso de Casación por Rafaely Juan Maríarepresentados por la Procuradora de los Tribunales Dª. Rocio Marsal Alonso. SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por l...
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