Appeal nº 1299/2002, Reporting Judge D. JOSE MANUEL MAZA MARTIN
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Id. vLex: VLEX-18473874
DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA. INADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. ATENUANTE POR DROGADICCIÓN. La concurrencia de la atenuante por drogadicción no fue solicitada en el escrito de conclusiones provisionales elevado a definitivo en el acto del juicio oral sin que el relato de hechos probados contenga las bases necesarias para acoger la tesis de la recurrente. Se alude al informe del médico forense como base de la alegación y el contenido de este tampoco permite la aplicación de circunstancia modificativa alguna pues además de señalar que el consumo no es diario concluye que la hoy recurrente no presente situación de dependencia grave ni merma volitiva e intelectiva. Se trataría, en su caso, de una mera consumidora, hecho que el Código Penal vigente no considera suficiente para merecer la atenuación de la responsabilidad criminal. Procede la inadmisión del recurso planteado. En primera instancia se condenó al acusado. Planteado recurso de casación fue inadmitido.

Constitución Española de 1978.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial.
Recurso de casación
Ministerio Fiscal
Drogas y géneros prohibidos
Drogas tóxicas y estupefacientes
Recurso de casación
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of July 17, 2003
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Julio de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección 3ª), en autos nº 81/01, se interpuso Recurso de Casación por María Angelesrepresentada por el Procurador de los Tribunales D. Juan Carlos Estévez Fernández Novoa. SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de es...
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