Appeal nº 69/2003, Reporting Judge D. JOSE MANUEL MAZA MARTIN
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Id. vLex: VLEX-18473963
DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA. ATENUANTES. No concurre circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal por el simple hecho de que es la propia acusada la que reconoce que hace muchos años que no consume sustancias tóxicas, y en concreto heroína, y que aunque reconoce que en la actualidad está sometida a un tratamiento de metadona, la misma no le ha faltado nunca, por lo que difícilmente puede justificarse la ejecución del hecho delictivo en un posible síndrome de abstinencia, que no ha sufrido. Los propios peritos que ratificaron sus informes en el Acto de la Vista concluyen que la acusada continua con el tratamiento de metadona, que nunca le ha faltado, y que no creen que haya influido en la comisión del delito ningún síndrome de abstinencia. Se inadmite la casación.

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882).
Recurso de casación
Recurso de casación
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of July 17, 2003
En la Villa de Madrid, a diecisiete de Julio de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 1ª), en autos nº 66/2002, se interpuso Recurso de Casación por Reginamediante la presentación del correspondiente escrito por el Procurador de los Tribunales Sr. D. Ignacio Orozco García.SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recu...
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