Appeal nº 581/2001, Reporting Judge D. JOSE JIMENEZ VILLAREJO
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Id. vLex: VLEX-18474278
TASACIÓN DE COSTAS. Procede la rectificación en costas en caso de ser puramente material el error reseñado en el antecedente de hecho y pudiéndose rectificar de oficio, en cualquier momento, dicho error de acuerdo con el art.267.2 LOPJ. Se rectifica la tasación en costas.
Abogado
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of April 07, 2003
En la Villa de Madrid, a siete de Abril de dos mil tres.I. HEC...
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