Appeal nº 1079/2002, Reporting Judge D. JOSE MANUEL MAZA MARTIN
Case Law No.1591/2003
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Id. vLex: VLEX-18474542
"DELITO. SENTENCIA ABSOLUTORIA. RECURSO DE CASACIÓN. Si el recurrente, en el momento de recibir los cheques por parte de la acusada, sabía que en el Banco no existían fondos para hacerlos efectivos, difícilmente se puede afirmar un engaño, pues ni se afirmó un hecho falso como si fuera verdadero, ni se ocultó ningún hecho de relevancia para la decisión de aquél. Y si, pese a lo anterior, el recurrente aceptó los talones, concluye la Sentencia, lo hizo ""sabiendo que la acusada era titular de numerosos bienes muebles con los que podría hacer efectiva la deuda. En primera instancia se absuelve al acusado. Se inadmite la casación. "

Acusado
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1591/2003, of October 02, 2003
En la Villa de Madrid, a dos de Octubre de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Octava), en autos nº 59/01 dimanante del procedimiento D.P. 438/99 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Mollet del Vallés, se interpuso Recurs...
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