Appeal nº 2692/2002, Reporting Judge D. LUIS ROMAN PUERTA LUIS
Case Law No.1691/2003
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Id. vLex: VLEX-18474652
ERROR EN LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA. El documento o documentos que se invocan deben ser una verdadera prueba documental, que acredite la equivocación del juzgador que, no obstante, haya establecido como probado algún dato que contradiga al documento y, a su vez que, lo que éste acredita no se encuentre en contradicción con otros elementos de prueba. El documento, en suma, tiene que evidenciar el error de algún dato o elemento fáctico por su propio y literosuficiente poder demostrativo directo, sin necesidad de adición de ninguna otra prueba ni tener que recurrir a conjeturas o complejas argumentaciones y, además, que ese dato no se encuentre en contradicción como otros elementos de prueba. Se desestima el recurso de casación.

Recurso de casación
Recurso de casación
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1691/2003, of October 16, 2003
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Octubre de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 6ª), en autos nº 37/2002, se interpuso Recurso de Casación por la acusación particular Mi...
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