Appeal nº 286/2003, Reporting Judge D. JOSE ANTONIO MARAÑON CHAVARRI
Case Law No.1749
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Id. vLex: VLEX-18474701
"DELITOS. TRAFICO DE DROGAS. EXIMENTES. ESTADO DE NECESIDAD. REQUISITOS. Son cinco los requisitos que deben concurrir para poder estimar el estado de necesidad como eximente: a) pendencia acuciante y grave de un mal propio o ajeno, que no es preciso haya comenzado a producirse, bastando con que el sujeto de la acción pueda apreciar la existencia de una situación de peligro y riesgo intenso para un bien jurídicamente protegido y que requiera realizar una acción determinada para atajarlo; b) necesidad de lesionar un bien jurídico de otro o de infringir un deber con el fin de soslayar aquella situación de peligro; c) que el mal o daño causado no sea mayor que el que se pretende evitar, debiéndose ponderar en cada caso concreto los intereses en conflicto para poder calibrar la mayor, menor o igual entidad de los dos males, juicio de valor que ""a posteriori"" corresponderá formular a los Tribunales de Justicia; d) que el sujeto que obre en ese estado de necesidad no haya provocado intencionadamente tal situación y e) que ese mismo sujeto, en razón de su cargo u oficio, no esté obligado a admitir o asumir los efectos del mal pendiente o actual. En primera instancia se condena al acusado. Se inadmite la casación "

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882).
Eximentes
Circunstancias eximentes
Trafico de drogas
Trafico de drogas
Ministerio Fiscal
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1749, of October 31, 2003
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Octubre de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección Segunda), en autos nº Rollo 48/2002 dimanante de la causa P.A. 2997/2002 del Juzgado de Instrucción nº 39 de Madrid, se interpuso Recurso de Casación por Gustavorepresentado por la Procuradora de los Tribunales Sra. María del Carmen Olmos Gilsanz. SEGUNDO.- En el trámite cor...
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