Appeal nº 2553/2002, Reporting Judge D. LUIS ROMAN PUERTA LUIS
Case Law No.1827/2003
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Id. vLex: VLEX-18474927
"TRÁFICO DE DROGAS. La figura del delito contra la salud pública del art. 368 del CP requiere: la concurrencia de un elemento de tipo objetivo, cual es la realización de algún acto de producción, venta, permuta o cualquier forma de tráfico, transporte, tenencia con destino al tráfico o acto de fomento, propaganda o formulación de ofertas de dichas sustancias; que el objeto material de esas conductas sea alguna sustancia de las recogidas en las listas de los Convenios internacionales suscritos por España,y el elemento subjetivo tendencial del destino al tráfico, ilícito por carente de la autorización legal o reglamentaria, de las sustancias en cuestión. En cuanto a la posesión, no es precisa la tenencia material, bastando con la disponibilidad o la tenencia mediata por medio de personas que dirigen o tienen a sus órdenes a los tenedores materiales. Se condena en primera instancia al acusado. Se rechaza el recurso de casación. "

Constitución Española de 1978.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial.
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882).
Trafico de drogas
Trafico de drogas
Condena
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal nº 1827/2003, of November 06, 2003
En la Villa de Madrid, a seis de Noviembre de dos mil tres.I. HECHOS
PRIMERO.- Dictada Sentencia por la Audiencia Provincial de Palma, Sección 1ª, en Autos nº 86/02, se interpuso Recurso de Casación por Robertomediante la presentación del correspondiente escrito por el Procurador de los Tribunales Sr. D. Rafael Núñez Pagán.SEGUNDO.- En el trámite correspondiente a la substanciación del recurso el Ministerio Fiscal se opuso al mismo.TERCERO.- Conforme a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno de este Tribunal Supremo, es Ponente de la presente resolución el Magistrado Excmo. Sr. Don Luis-Román Puerta Luis.II: RAZONAMIENT...
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