Appeal nº 29/2003, Reporting Judge D. ANDRES MARTINEZ ARRIETA
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Id. vLex: VLEX-18474947
DIVORCIO. ACERBO GANANCIAL. Por la dirección letrada de la parte recurrente se impugnan los siguientes pronunciamientos de la sentencia de instancia: a) la atribución de la vivienda sita en la localidad de Xativa a la esposa y b) el establecimiento de una pensión compensatoria a favor de la esposa y sin limitación temporal. Por la dirección letrada de la parte impugnante se impugna el no haber accedido la sentencia de instancia a considerar que debe reintegrarse al acerbo ganancial el importe de la indemnización por despido al haberse producido constante el matrimonio. Pensión compensatoria que las partes convinieron en el convenio que iba a regular sus relaciones postmatrimoniales, pero que finalmente no fue objeto de homologación. Respecto de su cuantía la Sala considera procedente mantener la cuantía establecida, y ello por cuanto no se duda de la facilidad de obtención de un puesto de trabajo tan cualificado como el que se ostentaba en Blanes por parte del recurrente, considerándose que la situación actual de desempleo es meramente coyuntural y no le va a impedir incorporarse de nuevo a un trabajo conforme a su categoría profesional. No se hace lugar al recurso de apelación.

Apelado
Categorización de Municipios
Auto of Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal, of November 26, 2003
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