DGRN Direccion General de Registros y del Notariado
BOE, February 10, 1989
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Id. vLex: VLEX-18539236

Decreto de 8 de febrero de 1946, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Hipotecaria. - Artículos 18 , 34 , 36 , 38 , 41
Código Civil. - Artículos 30 , 154 , 156 , 166 , 1218 , 1249 , 1251 , 1253 , 1280 , 1319
Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario. - Artículos 117 , 121 , 127
Resolución de 20 de enero de 1989
Excmo. Sr.: En el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don Luis PérezOrdoyo Cillero, contra la negativa del Registrador de la Propiedad, número 10, de Barcelona, a inscribir una escritura de compraventa, en virtud de apelación del recurrente.
HECHOS I En escritura de compraventa otorgada el día 27 de agosto de 1987, ante Luis Pérez-Ordoyo Cillero, Notario de Barcelona, doña Antonia Lladró Roselló y su hijo, Juan Antonio Moreno Lladró, adquirieron respectivamente el usufructo vitalicio y la nuda propiedad de un inmueble propiedad de don Vicente Lladró Roselló, interviniendo la primera en nombre propio y como representante legal de su hijo, menor de edad. II Presentada la citada escritura en el Registro de la Propiedad número 10, de los de Barcelona, fue calificada con la siguiente nota: «SUSPENDIDA la inscripción del precedente documento por los siguientes defectos, reputados como subsanables: 1?) No acreditarse, ni siquiera manifestarse en cuanto a la com...
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