Appeal nº 7130/2002, Reporting Judge D. JUAN GARCIA-RAMOS ITURRALDE
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Id. vLex: VLEX-18542573
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ADMINISTRACIÓN PUBLICA.SOLICITUD DE ASILO.SUPLICA. A la recurrente se le venció el plazo de 30 días para interponer la casación y alega que es aplicable la ley de enjuiciamiento civil con carácter supletorio por lo que extiende dicho plazo. Reiterando la doctrina de sentencias anteriores que entienden que la ley de enjuiciamiento civil es aplicable a los plazos establecidos en la ley de esta jurisdicción procede estimar la suplica. Se estima la suplica.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Recurso de casación civil
Recurso de casación
Admisión del recurso
Recurrente
Recurso de casación penal
Auto of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of September 25, 2003
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Septiembre de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Esta Sala, por Auto de 13 de enero de 2003, entre otros particulares declaró d...
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