Appeal nº 4769/2002, Reporting Judge D. PASCUAL SALA SANCHEZ
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Id. vLex: VLEX-18542619
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"FALTA DE OPOSICIÓN FORMULADA POR LA PARTE RECURRIDA. La parte recurrida puede oponerse a la admisión del recurso exclusivamente por las causas previstas en el artículo 93.2.a), es decir, porque el escrito preparatorio del recurso sea defectuoso, al no haberse observado los requisitos exigidos al efecto, o porque la resolución impugnada no sea susceptible de recurso de casación, toda vez que la posibilidad que brinda a la parte recurrida el citado artículo 90.3 es la consecuencia, de la imposibilidad legal en que aquélla se encuentra de reaccionar frente a la providencia que tenga por preparado el recurso de casación, contra la que la parte recurrida no puede interponer recurso alguno. Por lo tanto, no fundándose la oposición formulada por la parte recurrida en ninguna de las causas previstas en la letra a) del artículo 93.2 de la Ley Jurisdiccional, procede admitir a trámite el recurso de casación. Se declara la admisión a trámite de los recursos de casación interpuestos por el Abogado del Estado y por la Entidad Pública Empresarial ""Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea"" (AENA) y de Magdalena, y otros."
Recurso de casación
Preparación
Auto of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of September 11, 2003
En la Villa de Madrid, a once de Septiembre de dos mil tres.ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Abogado del Estado, en la representación que le es propia, por la Procurador...
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