Appeal nº 1341/2000, Reporting Judge JUAN GARCIA-RAMOS ITURRALDE
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Id. vLex: VLEX-18545833
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ABOGADOS. COSTAS. Se solicita la práctica de la tasación de costas. Por diligencia de ordenación se requirió a la procuradora para que, previo a la tasación, justificara en el plazo de diez días el cumplimiento de la comunicación al Colegio de Abogados de Madrid. No es precisa la habilitación para actuar profesionalmente en el ámbito territorial de cualquier otro Colegio diferente al que el Letrado está incorporado, y, por tanto, las actuaciones realizadas pueden ser minutadas e incluidas en la tasación, sin perjuicio, como se ha dicho, de la posible responsabilidad disciplinaria del abogado por no efectuar la comunicación correspondiente al Colegio de Abogados de destino. Se declara la nulidad de la diligencia de ordenación, acordando que se practique la oportuna tasación de costas.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
REAL DECRETO 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española
Honorarios
Abogado
Costas procesales
Abogados
Honorarios
Integran las costas
Auto of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of November 25, 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinticinco de Noviembre de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dª Pilar Rico Cárdenas, en representación de DISTRIBUIDORA REGIONAL DEL GAS, S.A se presentó escrito en fecha 4...
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