Appeal nº 6269/2001, Reporting Judge FERNANDO LEDESMA BARTRET
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Id. vLex: VLEX-18546308
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MULTAS. CASACIÓN. Reexaminada la causa de inadmisión del recurso no se aprecia su concurrencia pues, si bien es cierto que se trata de dos sanciones diferentes, la pretensión casacional de la recurrente se centra en la anulación de las dos, una vez que la sentencia ha reducido el importe de una de ellas, existiendo una estrecha relación de conexidad entre los hechos que las motivan, como reconoce la propia sentencia en su Fundamento Jurídico Cuarto al abordar la cuestión de si los datos cuya cesión posterior sin consentimiento del afectado, es objeto de sanción, han de ser objeto de tratamiento automatizado, aspecto común a ambas sanciones, que impiden su consideración separada a efectos de la admisión del recurso. Se admite la casación.

Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
Recurrente
Auto of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of November 18, 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciocho de Noviembre de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- Por la Procuradora de los Tribunales Dña. Rosario Sánchez Rodríguez...
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