Appeal nº 212/2003, Reporting Judge D. MANUEL GODED MIRANDA
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Id. vLex: VLEX-18549044
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RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PRUEBA. DENEGACION DE PRACTICA. EMPLEADOS JUDICIALES. Tomando en cuenta que los hechos objeto del proceso deben surgir de la prueba documental aportada, que es voluminosa y que contiene las actuaciones judiciales correspondientes, así como que los órganos jurisdiccionales realizan su actuación por escrito, no se advierte que las declaraciones de las personas que forman parte de los órganos jurisdiccionales puedan añadir algún dato de interés a los que figuran en las mencionadas actuaciones judiciales, por lo que debemos denegar la práctica de dicha prueba, que no tiene trascendencia para la resolución del pleito. Se deniega la prueba testifical.
Tribunal
Auto of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of May 24, 2004
AUTO
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Mayo de dos mil cuatro.ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO.- La Procuradora Doña ...
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