La vigilancia de la salud en usuarios de equipos de protección individual respiratoria

Revista Prevención, Trabajo y Salud - Nbr. 22, December 2002

Varios - Ministerio de Defensa
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Nbr. 22, December 2002

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Unos de los pilares a considerar en la prevención de riesgos laborales es el de la protección individual y dentro de éste capítulo habrán de considerarse los denominados equipos de protección individual respiratoria (EPI-R) que, en líneas generales, deberán responder a determinadas exigencias esenciales de sanidad y seguridad para preservar la salud y garantizar la seguridad de los usuarios (RD 1407/1992), y más concretamente evitando los contaminantes atmosféricos en forma de partículas, ya sean polvos, humos o aerosoles, los contaminantes en forma de vapores y aerosoles, la retención de oxígeno y el descenso de éste (RD 773/1997). Este Real Decreto sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (EPI), hace referencia, en su artículo 7 así como en el anexo IV.4, a la utilización y mantenimiento de los EPI y a los riesgos adicionales derivados de la propia utilización del equipo.

Parece razonable, y así se ha debatido en diversos foros europeos, la recomendación de que todos los trabajadores que utilicen determinados EPI-R sean sometidos a reconocimientos médicos, al objeto de evitar riesgos para la salud derivados del propio equipo o de la propia utilización de los mismos.

Citations:

Extract:

La vigilancia de la salud en usuarios de equipos de protección individual respiratoria

I. Introducción

En consonancia con la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), como órgano científico técnico de la Administración General del Estado, tiene como misión entre otras 'el análisis y estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, así como la promoción y apoyo a la mejora de las mismas'.

De otra parte y siempre en consonancia con la Ley más arriba mencionada, 'las Administraciones públicas competentes en materia laboral, desarrollarán funciones de promoción de la prevención, asesoramiento técnico y vigilancia... velando por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales mediante las actuaciones de vigilancia y control...'

Unos de los pilares a considerar en la prevención de riesgos laborales es el de la protección individual y dentro de éste capítulo habrán de considerarse los denominados equipos de protección individual respiratoria (EPI-R) que, en líneas generales, deberán responder a determinadas exigencias esenciales de sanidad y seguridad para preservar la salud y garantizar la seguridad de los usuarios (RD 1407/1992), y más concretamente evitando los contaminantes atmosféricos en forma de partículas, ya sean polvos, humos o aerosoles, los contaminantes en forma de vapores y aerosoles, la retención de oxígeno y el descenso de éste (RD 773/1997). Este Real Decreto sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud rela...

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