Case of Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª nº 345/2001, of November 07, 2001

Audiencias Provinciales

Appeal nº 474/1999, Reporting Judge CESAR AUGUSTO PEREZ QUINTELA
Case Law No.345/2001
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Id. vLex: VLEX-18925496

Summary:

TÍTULO HIPOTECARIO. Se diferencia la validez intrínseca del título hipotecario de la forma de presentarlo y hacerlo valer en juicio. El defecto en la presentación de los títulos (para acreditar la legitimación) debe hacerse valer dentro del propio procedimiento ejecutivo por vía de los recursos generales. La exigencia de depósito que impone el artículo 247 de la Ley Hipotecaria, en caso de incumplirse, no puede llevar aparejada por sí sola la sanción de nulidad de las cédulas hipotecarias, dada la finalidad meramente instrumental y práctica del depósito. Se desestima la demanda. Se rechaza el recurso de Apelación.

Citations:

Headnotes:

Hipoteca
Hipoteca inmobiliaria
Contratos
     Causa
          Requisitos
               Lícita
Multas
     Multas coercitivas
          En ejecución no dineraria
Obligaciones
     Extinción de las obligaciones
          Novación
               Subrogación
Hipoteca inmobiliaria
     Constitución
          Título constitutivo
Ejecución no dineraria
     Ejecución por obligaciones de hacer y no hacer
          Condenas de no hacer
Garantías reales
Demandado
Ejecución no dineraria
     Ejecución por obligaciones de hacer y no hacer
          Condena de hacer no personalísimo

Extract:

Case of Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 3ª nº 345/2001, of November 07, 2001

D. ANTONIO J. GUTIERREZ R. MOLDESD. CESAR AUGUSTO PEREZ QUINTELAD. FRANCISCO J. VALDES GARRIDO

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 3

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00345/2001

LA SECCIÓN TERCERA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, compuesta por los

Magistrados Iltmos. Sres. D. ANTONIO J. GUTIERREZ R. MOLDES, Presidente, D. CESAR AUGUSTO PEREZ QUINTELA y D. FRANCISCO J. VALDES GARRIDO, ha pronunciado, EN

NOMBRE DEL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 345/2001

En PONTEVEDRA, a siete de Noviembre de dos mil uno .

Visto el recurso de apelación contra la sentencia recaída en los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juz...

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