BOE. Boletín Oficial del Estado, January 05, 2001 (Nbr. 5)
I - Disposiciones Generales - Ministerio de Hacienda
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Id. vLex: VLEX-1919418
RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2000, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publican las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2001, de conformidad con la Resolución de 27 de octu
RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2000, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publican las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2001, de conformidad con la Resolución de 27 de octubre de 1998, de la Presidencia de la Agencia.
Junto con las actividades de gestión de los tributos, tendentes a informar y asistir a los ciudadanos, la Agencia Tributaria desarrolla tareas de control del efectivo cumplimiento por los contribuyentes de sus obligaciones tributarias.La actividad de control genera importantes beneficios a la sociedad, al garantizar la generalidad en el pago de los impuestos y la distribución equitativa de las cargas públicas de acuerdo con la capacidad contributiva de cada ciudadano ; se minora así la presión fiscal individual, ya que son más los que contribuyen a sustentar las arcas del Estado. En particular, en el ámbito empresarial el incumplimiento de las obligaciones tributarias introduce un factor de competencia desleal, al minorar ilegalmente los costes de los agentes económicos incumplidores, efecto que las actuaciones de control corrigen.Como indica el Programa Director del Control Tributario (1999-2002), en todas las actuaciones de control se encuentran presentes las dos finalidades esenciales de la lucha contra el fraude: Restablecer la disciplina fiscal que el fraude vulnera, mediante la regularización de los incumplimientos tributarios ; y conseguir que los contribuyentes, ante la posibilidad de ser objeto de una actuación de control, opten por cumplir voluntariamente con sus obligaciones fiscales. Así, la relación de causalidad de las actuaciones de control intensivo -que afectan a menor número de contribuyentes pero respecto a mayor número de períodos y conceptos impositivos- se focaliza en la finalidad restablecedora de la disciplina fiscal, en tanto que las de carácter extensivo -que afectan a mayor número de contribuyentes pero con relación a un menor número de ejercicios y conceptos impositivos- se centra en la finalidad desincentivadora. Uno y otro tipo de actuaciones deben equilibrarse adecuadamente, de manera que el efecto conjunto sea el mayor posible.La búsqueda de la mayor eficacia en el control que se realiza desde la Agencia Tributaria obliga a ésta a dotarse de los adecuados instrumentos de planificación.Continuando la línea de trabajo emprendida hace algunos años, esta tarea planificadora se centra, para el ejercicio de 2001, en tres instrumentos básicos, el Programa Director del Control Tributario (1999-2002), el Plan General de Control Tributario 2001 y el Plan de Objetivos 2001.Desde una perspectiva intertemporal, el Programa Director del Control Tributario (1999-2002) constituye el marco estratégico vertebrador de los planes anuales de control de la Agencia Tributaria hasta el año 2002.El programa dota de la necesaria continuidad en el tiempo a los sucesivos es...
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