Recurso de amparo nº 4628/98, Reporting Judge Magistrado don Pablo García Manzano
Case Law No.185/2003
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Recurso de amparo 4628/1998. Promovido por don José F.L. frente a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva que le condenó por una falta de injurias en relación con unas declaraciones publicadas en el diario "Huelva Información".Supuesta vulneración de garantías procesales, y vulneración de la libertad sindical en relación con los derechos de libre información y expresión: sanción penal a un delegado sindical por unas declaraciones a la prensa, criticando a la empresa de limpieza municipal.

Constitución Española de 1978. - Artículos 10 , 20 , 24 , 28
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. de 23 de noviembre, del Código Penal. - Artículos 20 , 208 , 209 , 211 , 620
Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical. de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional. - Artículos 44 , 51 , 52 , 56
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. de 1 de julio, del Poder Judicial. - Artículo 240
Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882). - Artículo 741
Violencia doméstica
Igualdad de sexo
Salario
Personal estatutario de la seguridad social
Huelga
Personal estatutario de la seguridad social
Derechos sindicales
Personal estatutario de la seguridad social
Calumnia
Medios de comunicación
Regulación constitucional
Case of Tribunal Constitucional - Sala Primera nº 185/2003, of October 27, 2003
La Sala Primera del Tribunal Constitucional, compuesta por don Manuel Jiménez de Parga y Cabrera, Presidente, don Pablo García Manzano, doña María Emilia Casas Baamonde, don Javier Delgado Barrio y don Roberto García-Calvo, Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A En el recurso de amparo núm. 4628/98, promovido por don José F.L., representado por la Procuradora de los Tribunales doña Inmaculada Romero Melero y asistido por el Abogado don Rafael Romero Díaz, contra la Sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva, de 30 de junio de 1998, que estimó parcialmente el recurso de apelación contra la dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 3 de Huelva, el 18 de abril de 1998, que había condenado al demandante de amparo como autor de un delito de injurias, y le condena como autor de una falta de injurias. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido Ponente el Magistrado don Pablo García Manzano, quien expresa el parecer de la Sala. I. Antecedentes 1. El día 6 de noviembre de 1998 tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal un escrito, firmado por la representación procesal del recurrente, mediante el cual se interpuso recurso de amparo contra las resoluciones citadas en el encabezamiento. 2. Los hechos en los que tiene su origen el presente recurso, relevantes para su resolución, son los siguientes: a) Según consta en los hechos probados de la Sentencia del Jugado de lo Penal, "el día 19 de Julio de 1995, el diario 'Huelva Información' de esta capital publicó, en su página 35, una crónica procedente de la localidad de Aljaraque en la que se transcribían literalmente las manifestaciones vertidas por el acusado José F.L., de 48 años, sin antecedentes penales, en aquellos momentos delegado sindical de los funcionarios del Ayuntamiento de Aljaraque, y que se referían a la labor y conducta llevada a cabo por la representante legal de la empresa de limpieza 'Welsur Soc. Cooperativa Andaluza', que no es otra que...
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