RESOLUCIÓN TIC/2809/2003, de 15 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud (ICS) (código de convenio 7902012).

Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, September 22, 2003 (Nbr. 3972)

Disposiciones Generales
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RESOLUCIÓN TIC/2809/2003, de 15 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud (ICS) (código de convenio 7902012).

RESOLUCIÓN

TIC/2809/2003, de 15 de mayo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud (ICS) (código de convenio 7902012).

Visto el texto del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud (ICS), suscrito por la Administración de la Generalidad de Cataluña por la representación del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, el Instituto Catalán de la Salud, Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales y Departamento de Enseñanza y por la representación de las organizaciones sindicales Comissió Obrera Nacional de Catalunya (CONC) y "Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos y Sanitarios" (CEMSATSE), el día 29 de octubre de 2002, y de conformidad con lo que disponen el artículo 36 de la Ley 9/1987, de 12 de junio (BOE de 17.6.1987), según redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio (BOE de 20.7.1990), y el artículo 11.2 de la Ley orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, del Estatuto de autonomía de Cataluña, y otras normas de aplicación;

Vista la aprobación expresa de 12 de noviembre de 2002 por el órgano de gobierno competente, según lo que dispone el artículo 35 de la citada Ley 7/1990,

Resuelvo:

.1  Disponer la inscripción del citado Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud (ICS) de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

.2  Disponer que el citado Acuerdo de funcionarios sea publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Notifíquese esta Resolución a la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad partes negociadoras.

Barcelona, 15 de mayo de 2003

Jaume Abat i Dinarès

Director general de Relaciones Laborales

Traducción del texto original firmado por las partes

Acuerdo

de la Mesa sectorial de negociación de sanidad sobre las condiciones de trabajo del personal de las Instituciones sanitarias del Instituto Catalán de la Salud.

El Instituto Catalán de la Salud lleva a cabo un proceso de modernización para afianzarse, en un entorno de cambio continuo, en su misión de desarrollar un grupo sanitario público del Departamento de Sanidad y Seguridad Social de la Generalidad de Cataluña que sea referente y modelo de provisión de servicios de salud en Cataluña.

Este proceso supone la adopción de diversas medidas recogidas en el Plan de empresa del Grupo ICS 2002-2006, entre otros, el diseño de políticas proactivas en materia de recursos humanos que ofrezcan un entorno que potencie el desarrollo de todos los profesionales de la organización y que facilite su corresponsabilidad en la consecución de los objetivos estratégicos del ICS.

Las líneas de actuación de las políticas de recursos humanos en el ICS se orientan a la mejora del clima laboral y al desarrollo de un sistema retributivo más justo e incentivador que permita el crecimiento profesional, la valoración de la calidad de la actividad y el reconocimiento de la valía personal.

Dar satisfacción en este marco de aspiraciones obliga a definir un nuevo modelo retributivo del ICS que, actuando como palanca de cambio, responda a la estrategia y a los valores de la organización.

Un modelo basado en la equidad interna, que relacione el puesto de trabajo, la aportación del profesional, los resultados individuales y de equipo y que vincule las retribuciones con las actividades que añaden más valor.

De manera complementaria a la definición de un nuevo modelo retributivo, las políticas de recursos humanos del ICS incorporan otras medidas para potenciar el desarrollo, la incentivación y promoción profesional y la definición de la jornada y el horario laboral junto para configurar las condiciones de trabajo de las personas que trabajan en el ICS.

La implantación del nuevo modelo retributivo del ICS introduce como elementos innovadores: la carrera profesional, la valoración de la consecución de los objetivos previamente fijados, el complemento de docencia, la polivalencia y la extensión del complemento específico a diversos grupos profesionales. También se revisa la conceptuación del complemento de atención primaria, así como el resto de medidas de incentivación o promoción profesional y de condiciones de trabajo. Eso requiere, con independencia del imperativo legal, el máximo consenso con los representantes de los trabajadores, tal como establecen el Acuerdo general de condiciones de trabajo del personal del ámbito de aplicación de la Mesa general de negociación de la administración de la Generalidad de Cataluña de 12 de julio de 2000, la Resolución 915/VI del Parlamento de Cataluña y la Disposición adicional quincuagesimoprimera de la Ley 20/2001, de 28 de diciembre de presupuestos de la Generalidad...

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