DECRETO 114/2003, de 15 de abril, por el que se regula la autorización y el funcionamiento de los centros de prácticas de motos náuticas y la realización de los cursos prácticos para la obtención de los títulos de patrón/ona de moto náutica A y patrón/ona de moto náutica B.

Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, April 29, 2003 (Nbr. 3873)

Disposiciones Generales
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DECRETO 114/2003, de 15 de abril, por el que se regula la autorización y el funcionamiento de los centros de prácticas de motos náuticas y la realización de los cursos prácticos para la obtención de los títulos de patrón/ona de moto náutica A y patrón/ona de moto náutica B.

DECRETO

114/2003, de 15 de abril, por el que se regula la autorización y el funcionamiento de los centros de prácticas de motos náuticas y la realización de los cursos prácticos para la obtención de los títulos de patrón/ona de moto náutica A y patrón/ona de moto náutica B.

El artículo 9.29 del Estatuto de autonomía atribuye la competencia exclusiva a la Generalidad de Cataluña en materia de deporte i ocio.

Por otro lado, mediante el Real decreto 901/1995, de 2 de junio, la Administración del Estado traspasó a la Generalidad de Cataluña las funciones y los servicios en materia de enseñanzas náutico-deportivas y subacuático-deportivas, que fueron asignados al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca por el Decreto 209/1995, de 11 de julio.

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