00/01373/200

Tribunal Economico-Administrativo Central

Case Law No.274
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Id. vLex: VLEX-197776

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Summary:

Se plantean numerosas cuestiones referentes a la tribulación en el Impuesto sobre Suciedades de un grupo que tributa en régimen de grupo consolidado: cifra de negocios, corrección del procedimiento, deducibilidad de gastos, dedueibilidad de provisiones, eliminaciones e incorporaciones en la base consolidada, ingresos eomputablcs. tributación de las plusvalías obtenidas en la enajenación de inmuebles adjudicados en pago de deudas, provisiones genéricas de insolvencias en relación con créditos a sociedades vinculadas y deducción por doble imposición de dividendos percibidos por sociedades transparentes.

En la Villa de Madrid, a 26 de septiembre de 2003 en la reclamación económico-administrativa que. en única instancia, pende de resolución ante este Tribunal Central, interpuesta por D.....en nombre y representación de X, S. A. (NIF: ...). con domicilio para notificaciones en .... contra liquidación girada por la Oficina Nacional de Inspección de la A.F.A.T., con fecha 15 de marzo de 2002 (expediente ...), a dicha entidad, en su condición de dominante del Grupo Consolidado .... por el Impuesto sobre Sociedades (régimen de declaración consolidada), ejercicio 1997: siendo la cuantía de 185.771.963.52 Euros.

Citations:

LEY 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. - Artículo 87

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Artículos 28 , 62 , 63

Constitución Española de 1978. - Artículo 31

Real Decreto de 22 de agosto de 1885, por el que se aprueba el Código de Comercio. - Artículos 35 , 37 , 39

Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. de 8 de octubre, de Contrato de Seguro. - Artículo 92

Ley 1/1998, de 26 de febrero, de derechos y garantías de los contribuyentes. de 26 de febrero, de derechos y garantías de los contribuyentes. - Artículo 29

Código Civil. - Artículos 1125 , 1253 , 1255 , 1275 , 1276 , 1451

Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. de 22 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículos 184 , 188

CORRECCIÓN de erratas de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

LEY 13/1996, de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del Orden social. de 30 de Diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del Orden social.

REAL DECRETO 2607/1996, de 20 de Diciembre, por el que se aprueban las Normas para la actualizacion de Balances regulada en el articulo 5 del Real decreto-ley 7/1996, de 7 de Junio, y En la Disposicion adicional primera de la Ley 10/1996, de 18 de Diciembre, de Medidas fiscales urgentes de Correccion de la Doble imposicion interna... de 20 de Diciembre, por el que se aprueban las Normas para la actualizacion de Balances regulada en el articulo 5 del Real decreto-ley 7/1996, de 7 de Junio, y En la Disposicion adicional primera de la Ley 10/1996, de 18 de Diciembre, de Medidas fiscales urgentes de Correccion de la Doble imposicion interna...

REAL DECRETO-LEY 7/1996, de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica. de 7 de Junio, sobre Medidas urgentes de Caracter fiscal y de Fomento y Liberalizacion de la actividad economica.

REAL DECRETO 2014/1997, de 26 de Diciembre, por el que se aprueba el Plan de Contabilidad de las Entidades aseguradoras y Normas para la Formulacion de las Cuentas de los Grupos de Entidades aseguradoras. de 26 de Diciembre, por el que se aprueba el Plan de Contabilidad de las Entidades aseguradoras y Normas para la Formulacion de las Cuentas de los Grupos de Entidades aseguradoras.

  Directiva 93/22/CEE del Consejo, de 10 de mayo de 1993, relativa a los servicios de inversión en el ámbito de los valores negociables           de 10 de mayo de 1993, relativa a los servicios de inversión en el ámbito de los valores negociables

Ley 12/1981, de 13 de Mayo, por la que se aprueba el Concierto economico con la Comunidad autonoma del Pais vasco. de 13 de Mayo, por la que se aprueba el Concierto economico con la Comunidad autonoma del Pais vasco. - Artículos 18 , 31

Ley 48/1985, de 27 de Diciembre, de Reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas. de 27 de Diciembre, de Reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas.

Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenacion del Seguro privado. de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenacion del Seguro privado.

Real Decreto 939/1986, de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento general de la Inspeccion de los Tributos. de 25 de abril, por el que se aprueba el Reglamento general de la Inspeccion de los Tributos. - Artículo 50

Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la Creacion de Un sistema de anotaciones en cuenta para la deuda del Estado. de 3 de abril, por el que se dispone la Creacion de Un sistema de anotaciones en cuenta para la deuda del Estado.

Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículo 105

Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. de 27 de diciembre, del impuesto sobre sociedades. - Artículos 8 , 10 , 17 , 21 , 36

Headnotes:

Procedimiento administrativo
     Principios generales
          Normativa
Contratos
     Duración del contrato
          Precontrato
Contratos
     Causa
          Requisitos
               Lícita
Procedimiento administrativo
     Fases del procedimiento
Contratos
     Causa
          Requisitos
               Que exista causa
Presunciones
     Clases
          Presunciones no admitidas en la ley
Impuesto sobre la renta de personas físicas.
     Ley 48/1985, de 27 de Diciembre, de Reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas fisicas
Obligaciones
     Obligaciones a plazo
          Día cierto o incierto
Desviación de poder
     Regulación en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Impuesto sobre el valor añadido
     Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido
Entidades de previsión social
     Contabilidad y auditoria

Extract:

00/01373/200

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Con fecha 20 de noviembre de 2001 la Inspección de Hacienda del Rstado de la Oficina Nacional de Inspección formalizó acta de disconformidad A02 (n.' 70485345) al sujeto pasivo mencionado, en la que se hacían constar, además de una serie de cuestiones de fondo (a las que luego nos referiremos) los siguientes hechos:

-La fecha de inicio de las actuaciones fue la de 24 de septiembre de 1999. habiéndose producido determinadas dilaciones en el procedimiento, imputables al obligado tributario, documentadas en las diligencias de 8 de febrero v 10 de abril de 2001 (73 días) y 9 de octubre de 2001 (105 días), por un total de 178 días, que no deben computarse en el tiempo total transcurrido.

Por acuerdo del Inspector-Jefe, de 1 de agosto de 2000 (notificado el siguiente día 3), el plazo de duración de las actuaciones inspectoras se amplió a los veinticuatro meses previstos en el artículo 29.1 de la Ley 1/1998.

Durante el procedimiento se extendieron diligencias en 24 de septiembre de 1999. 5 de octubre de 1999. 6 de marzo de 2000. 19 de junio de 2000. 6 de julio de 2000, 24 de julio de 2000. 25 de julio de 2000. 30 de noviembre de 2000, 12 de diciembre de 2000, 21 de diciembre de 2000, 8 de febrero de 2001. 10 de abril de 2001,6 de junio de 2001.21 de junio de 2001. 13 de julio de 2001, 18 de julio de 2001. 25 de julio de 2001, 30 de julio de 2001. 9 de octubre de 2001 y 13 de noviembre de 2001.

El acta es previa, puesto que solicitada información relativa a las entidades XA (Cayman) y XB (Gibraltar). pertenecientes al grupo, sobre operaciones relativas a las obligaciones subordinadas y participaciones preferentes emitidas por las mismas, así como al devengo de rendimientos y retribución de los fondos en que tales emisiones fueron invertidas: y otros datos sobre la estructura de las compañías (empicados, activos operativos, ete): toilo ello con el lin de determinar si procedía o no aplicar el artículo 8.3 de la Ley 43/1995, LIS. y ca-lilicar jurídicamenle la naturaleza do las operaciones mencionadas, sus rendimientos y costes, dicha información no ha sido suministrada por el sujeto pasivo. Así. pues, no ha sido posible1 ultimar la comprobación de los hechos o bases imponibles relativos a la sociedad declarante y grupo de sociedades, exclusivamente por la incidencia de lo expuesto, por lo que. de acuerdo con el artículo 50 del Reglamento General de la Inspección de los Tributos, el acta es previ u.

Realizado el pertinente informe por el actuario, se entregó un ejemplar al sujeto pasivo, que présenlo sus alegaciones el 17 de diciembre de 2001.

SEGUNDO: El 15 de marzo de 2002 r,e giró por el Inspeclor Jefe Adjunto al Jefe de la O.N.I. la liquidación clave .... por el concepto y ejercicio expresados, con una cuota de 156.252.842.91 Euros : interese.-, de demora: 29.519.120.61 ?: total a ingresar: 185.771.963.52 Euros .

La liquidación se notificó el mismo día 15 de marzo de 2002.

En ella se regulaban los siguientes extremos:

1. Proporción de tributación a la Administración de Estado, Diputaciones Forales Vascas y Navarra.

La cuestión se plantea en relación con determinadas operaciones de seguro efectuadas por XY, S. A. (entidad del Grupo ...). en las que aparece como lomador formalmente X, S. A., con domicilio social en ... (-polizas de ...- y -polizas de ... de Empresas con sus empleados-), lo que. por virtud del artículo 18.2 de la Ley 12/1981. del Concierto con el País Vasco, y el artículo 20.b).3.' de la misma, en relación con el arlículo 3!. apareja que la operación de seguro se entienda realizada en el País Vasco.

Ahora bien, aunque X, S. A. es el tomador formalmente designado, resulta que según las respectivas polizas, los derechos, deberes y obligaciones qtie corresponden al tomador de acúcalo con la Ley 50/1980. del Contrato de Seguro, como el pago de la prima (su obligación fundamental); el derecho de rescate: los derechos de anticipo sobre la prestación asegurada: los de cesión y pignoración de la póliza del seguro; el de designar beneficiario o modificar la designación anteriormente realizada. así como el de revocarlo; etc.. lodos ellos se atribuyen a los -asegurados-, que por tanto son los verdaderos tomadores, de modo que considerando lo previsto en el artículo 31 de la Ley 12/1981, el volumen de operaciones dimanante de estos contratos deberá imputarse al territorio de la residencia habitual de las personas tísicas aseguradas en el caso de las denominadas -Polizas de ...-. y al del domicilio social de las soeiedades que pagan la prima en el de las -Polizas de ... de Empresas- con sus empleados.

2. Pevisiones por depreciación del valor de participaciones en sociedades que consolidan. Re-versión de ajustes positivos (eliminaciones).

El sujeto pasivo practicó tres incorporaciones negativas (de 10.015.648.000 pesetas) para determinar la base imponible consolidada, correspondientes a los saldos de las provisiones por depreciación de va...

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