Appeal nº 4473/2000, Reporting Judge EMILIO FRIAS PONCE
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IMPUESTO AL LUJO. Frente a la desestimación del recurso contencioso adminsitrativo interpuesto contra acuerdo estimatorio en parte de la reclamación planteada contra la liquidación tributaria girada, por el concepto de Impuesto sobre el Lujo, se interpone recurso de casación. Admite la parte que, notificada la resolución del TEAR, tanto la resolución dictada por el TEAC como la interposición del recurso contencioso-administrativo se producen dentro del periodo de cinco años, pero discrepa que estos dos hechos sean causa de interrupción de la prescripción, al no haberse solicitado en ningún momento la suspensión del acto recurrido ante el TEAC, y haber sido expresamente denegada por la Sala de la Audiencia Nacional la petición formulada en vía jurisdiccional, por lo que nada impidió a la Administración iniciar el expediente de fraude, habiendo propiciado el que la resolución dictada por el TEAR sea inejecutable materialmente, al encontrarse derogado en la actualidad el Real Decreto 1919/1979. Hay que reconocer que el TEAR actuó de forma correcta, resolviendo la cuestión que le fue planteada en los términos interesados, sin que desconociese el procedimiento al que el expediente debía ajustarse, a fin de no privar de las garantías que le correspondían a la sociedad recurrente, pues se limitó a declarar la necesidad de seguir el procedimiento establecido, dando al acta inicial la tramitación oportuna. Se desestima el recurso de casación.

REAL DECRETO 803/1993, de 28 de Mayo, por el que se modifican determinados procedimientos tributarios. de 28 de Mayo, por el que se modifican determinados procedimientos tributarios.
Ley 230/1963, de 28 de diciembre, general tributaria . de 28 de diciembre, general tributaria . - Artículos 24 , 154
Impuesto sobre el lujo
Abogado del Estado
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of November 09, 2005
RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOOSCAR GONZALEZ GONZALEZJUAN GONZALO MARTINEZ MICOEMILIO FRIAS PONCEJAIME ROUANET MOSCARDO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a nueve de Noviembre de dos mil cinco. Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación núm. 4473/2000, interpuesto por B.M.W. Ibérica, S.A., representada por el Procurador Don José Antonio Pérez Martínez, y bajo dirección de Letrado, contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, de la Audiencia Nacional, dictada con fecha 2 de Marzo de 2000, en el recurso contencioso-administrativo promovido, a su instancia, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC en adelante), de 4 de Diciembre de 1996, desestimatoria del recurso de alzada, formulado por dicha empresa, contra el Acuerdo, de 29 de Mayo de 1992, del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR, en lo sucesivo) de Madrid, est...
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