Tribunales Superiores de Justicia
Appeal nº 850/2003, Reporting Judge JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZ
Case Law No.1207/2005
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SERVICIO DE PERITACIÓN EN JUICIOS RÁPIDOS. ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO NEGOCIADO. IMPUGNACIÓN. UNIÓN INTERPROFESIONAL. FALTA DE AUTORIZACIÓN SOCIAL. RECURSO JURISDICCIONAL. INADMISIBILIDAD. El verdadero órgano que conforma la voluntad comunitaria y social de la actora es la Asamblea General, por lo que el ejercicio de la acción jurisdiccional se produjo sin la previa autorización social. La Comunidad de Madrid acuerda la adjudicación por procedimiento negociado del servicio de peritación en juicios rápidos. La Sala declara la inadmisibilidad del recurso jurisdiccional.

LEY 38/2002, de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado. de 24 de octubre, de reforma parcial de la Ley de reforma parcial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato de determinados delitos y faltas, y de modificación del procedimiento abreviado.
LEY 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. - Artículo 139
REAL DECRETO 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales
Administración Autonómica
Case of Tribunal Superior de Justicia - Madrid - Sala de lo Contencioso-Administrativo nº 1207/2005, of October 06, 2005
JUAN IGNACIO PEREZ ALFEREZMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3MADRIDSENTENCIA: 01207/2005Recurso nº. 850/2003Ponente: Sr. D. Juan Ignacio Pérez Alférez Recurrente: UNIÓN INTERPROFESIONAL DE LA CAMProc. : Mª Jesús González DíezDemandado: CAMSecretaría: Dª Mª Teresa Barril RocheTRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRIDSALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ...
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