Appeal nº 6/2005, Reporting Judge VICTOR ELADIO FUENTES LOPEZ
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Id. vLex: VLEX-20229218
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"RECURSO DECASACIÓN. JORNADA MÁXIMA ANUAL. PAGO. CONVENIO COLECTIVO. Lo que se discute en el presente recurso es la naturaleza recuperable o no y si forman parte de la jornada máxima anual el día 24 o 31 de diciembre, fechas en las que de acuerdo con el pacto de empresa suscrito a raíz de la aplicación del Convenio Colectivo del Sector de Grandes Almacenes ""los trabajadores no contratados específicamente para la campaña de Navidad tendrán derecho a no prestar servicio en uno de dichos días. El Pactosuscripto por la empresa es de fecha posterior al Convenio y conociendo las partes negociadoras el contenido de lo que establecía sobre jornada máxima anual este último; si hasta el pacto anterior, los días 24 o 31 de Diciembre, eran pagados y no recuperables, y nada dice el mismo, en contrario, como pudo hacerse ya que conocian el contenido del artículo 31 del Convenio de Grandes Almacenes, sobre jornada máxima anual, no cabe duda, que la intención de las partes negociadoras fue mantenerlo en las mismas condiciones anteriores. Por lo que se desestima el recurso. "
Contrato de trabajo
Jornada laboral
Recurso de casación para unificación de doctrina
Trabajador
Recurso de casación para unificación de doctrina
Case of Tribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social, of January 18, 2006
JOAQUIN SAMPER JUANLUIS RAMON MARTINEZ GARRIDOJESUS GULLON RODRIGUEZMANUEL IGLESIAS CABEROVICTOR ELADIO FUENTES LOPEZ
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a dieciocho de Enero de dos mil seis. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de Casación interpuesto por la Letrada Dña. Nuria Muñoz Hernández, en nombre y representación de MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A., contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, de fecha 10 de diciembre de 2004 , en actuaciones seguidas en virtud de demandas acumuladas a instancia de la FEDERACION ESTATAL DE TRABAJADORES DE COMERCIO, HOSTELERIA-TURISMO Y JUEGO DE LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES (FETCHTJ-UGT), FEDERACION ESTATAL DE COMERCIO DEL SINDICATO COMISIONES OBRERAS (CC.OO.), UNION SINDICAL OBRERA (USO), FEDERACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES DE COMERCIO (FETICO) contra MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A.,y COMITE INTERCENTROS DE MAKRO S.A., sobre Conflicto Colectivo. Han comparecido en concepto de recur...
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