Appeal nº 77/2001, Reporting Judge JUAN GONZALO MARTINEZ MICO
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CONTRIBUCIONES ESPECIALES. No existe trato discriminatorio, porque aparte de que la imposición de contribuciones especiales es un acto potestativo de la Administración, la comparación que se hace con otras obras se refiere a supuestos no iguales. La diferencia de porcentaje a repercutir en una y otra Colonia no supone un trato discriminatorio porque el Ayuntamiento tiene la potestad de determinar el porcentaje a repercutir entre los vecinos en función del beneficio que se obtiene con las obras. Estamos ante situaciones de hecho desiguales a las que les ha dispensado un trato diferente con causa objetiva y razonable. Las obras a realizar representaban un claro beneficio para los propietarios de las viviendas, concurriendo así el hecho imponible que justificaba su financiación por el sistema de contribuciones especiales. En el proceso contencioso - administrativo se desestima el recurso contencioso - administrativo. Se desestima el recurso de casación.
Recurso de casación
Case of Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, of December 22, 2005
RAFAEL FERNANDEZ MONTALVOMANUEL VICENTE GARZON HERREROJUAN GONZALO MARTINEZ MICOEMILIO FRIAS PONCEJAIME ROUANET MOSCARDO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintidós de Diciembre de dos mil cinco. Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal Supremo el presente recurso de casación num. 77/2001 interpuesto por la ASOCIACION DE PROPIETARIOS, RESIDENTES Y VECINOS DE LOS MOLINOS (MADRID), representada por Procurador y dirigida por Letrado, contra la sentencia num. 762 dictada, con fecha 19 de julio de 2000, por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso de dicho orden jurisdiccional num. 2551/1998 , desestimatoria del recurso promovido por la citada Asociación contra el acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de Los Molinos, adoptado en su sesión de 7 de octubre de 1998, relativo a la imposición de contribuciones especiales para la Colonia Calle Sevilla del citado municipio. Ha comparecido en estas actuaciones como parte recurrida el Ayuntamiento de Los Molinos, representado por Procurador y bajo dirección técnico-jurídica de Letrado.ANTECED...
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